Feliz año nuevo y muchas gracias por adelantado todo por su respuesta y labor.
Esta consulta pretende ser breve. Voy a firmar compraventa en unas semanas por una vivienda con los siguientes valores:
– valor compra = 250.000
– valor tasación hipotecaria = 280.000
– valoracion de la comunidad de Madrid a 30 de diciembre de 2020 = 189.000
– valoración de la comunidad de Madrid a 3 de enero de 2021 = 197.000
Mi intención es liquidar itp con base imponible igual a 197.000 (valoracion de 2021) de cara a evitar comprobacion de valores según articulo 134.1 de la LGT. ¿Esta base imponible sería correcta o podría usar la de la valoracion del 2020?
Pero sobre todo la principal duda es: ¿cómo adjunto la valoracion de la comunidad de Madrid al liquidar el ITP, tal y como se indica en la propia valoración? Parece que el modelo 601 telematico solo contempla adjuntar la escritura. ¿Acaso se debe solicitar al notario que incluya la valoracion en la escritura? ¿O hay otra manera más correcta de hacerlo al liquidar el itp?
Muchas gracias y un saludo,
Antonio.