Cómo recurrir una liquidación complementaria

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Este debate contiene 11 respuestas, tiene 5 mensajes y lo actualizó  Cristina Duart hace 8 años, 10 meses.

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  • #3024

    vcob43
    Participante

    Buenas tardes Cristina.

    Me acaba de llegar una complementaria, el piso es 50% mio y 50% de mi hermano, El precio de la vivienda fue de 80000 euros, y el valor que le dimos a la vivienda fue de 116192 para no escriturar por debajo del valor catastral ya que podían sancionarnos. Tras haber pagado el ITP correspondiente de ese valor, un 8%. Ayer me llego una complementaria en la que me dicen que el valor de la vivienda es 164000 y me piden 4000 euros mas.
    ¿Hay alguna manera de evitar pagar, se podria recurrir de alguna forma?

    Muchas gracias.

    • #3029

      Cristina Duart
      Super administrador

      Buenas tardes.

      Claro. Pero dime por favor municipio y año de compra o envíamela escaneada por email.

      Un saludo.

  • #2776

    barlikor
    Participante

    La primera comunicacion tiene fecha 30 de enero de 2015 (a mi lo han traido 15 de febrero). El dia de 18 de febrero lo he recurrido ( me contaron 100% del balcon, por eso me cuentan 6m2
    de mas, tambien me aplicaron es coeficiente erroneo (1 en vez de 0,8); porque tengo un quinto sin acsensor. Ahora tengo que decidir, que hago con 3300euro, que me han caido de sorpresa…

    • Esta respuesta fue modificada hace 9 años por  barlikor.
    • #2780

      Cristina Duart
      Super administrador

      Buenos días.

      Me lo mandas escaneado por email?

      Un saludo.

  • #2774

    barlikor
    Participante

    Buenos dias, Cristina. Tengo dos dias todavia (hasta 22 de abril – es la segunda carta).

    • #2775

      Cristina Duart
      Super administrador

      Te preguntaba las dos fechas.

  • #2767

    barlikor
    Participante

    Hola, Cristina. En enero me ha llegado una carta de liquidasion comlementaria por compra de un piso de hace 3 años (2012) con intereses hasta dia de hoy. La carta llevaba un monton de errores (los metros cuadrados, coeficientos aplicados y ets). He recurrido la carta y me ha llegado respuesta, la que dice, que ahora tengo que pagar 3300e (era 6000 en la primera). Era un piso destrozado y para ferormar, por eso era barato. Tengo una pregunta – «Porque me aplican los intereses de 600 euros por los años pasados?» La carta llegado con un atrazo de 3 años, cobrando intereses por todo el periodo, sin tener ninguna culpa mia. Que se puede hacer en mi caso para reducir esa «estafa» de parte del gubierno? Soy de Cataluña. Un saludo, Liliana

    • #2772

      Cristina Duart
      Super administrador

      Buenos días.

      Dime por favor fecha de recepción de la primera notificación y fecha de la segunda, quizás esté ya caducado. En Cataluña suele pasar.

      Un saludo.

  • #2747

    apolo90
    Participante

    Hola Cristina,

    Yo tengo una pequeña duda. He recibido un Liquidación Complementaria de un ISD.

    Hay un solar urbano valorado en 30.000 euros en la liquidación del impuesto en 2011, ese mismo terreno lo vendí en verano de 2014 por 30.000 euros, y en octubre me llegó la liquidación diciéndome que lo valoraban en 40.000 euros.

    Parece que la valoracion que hace Hacienda se basa en el valor real del bien, ¿y que hay mas real que el valor por el que lo he vendido?

    Mi pregunta si la escritura publica de venta donde aparece reflejado el precio de venta (30.000Euros) tiene algún valor probatorio a la hora de recurrir la valoración hecha por la Agencia Tributaria.

    Muchas gracias de antemano.
    Álvaro

    • #2749

      Cristina Duart
      Super administrador

      Buenas tardes.

      Es un error muy común confundir valor de compraventa con valor real. La normativa de los impuestos de TP, AJD y Sucesiones y Donaciones dice que hay que liquidar el impuesto sobre el VALOR REAL, que nada tiene que ver con el precio de la contraprestación. Como VALOR REAL es un término jurídico indeterminado la Administración se inventa sistemas para intentar averiguarlo, pero claro, normalmente fijan los valores en su propio beneficio.

      La Administración sabe perfectamente al precio al que compraste, no te molestes en quererlo demostrar, es perder el tiempo.

      Lo que tienes que hacer es intentar demostrar posibles errores que hayan cometido e intentar demostrar que el valor que ellos dan no se corresponde con la realidad.

      Un saludo.

  • #2744

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenos días.

    Perdona el retraso. Claro que se puede recurrir y además lo que dices es una buena alegación porque evidentemente el «valor real» exigido como base para liquidar el impuesto no baja de esa manera de un día a otro.

    Un saludo.

  • #2704

    luz
    Participante

    Hola Cristina,
    Como mucha gente he recibido de la Junta la liquidación. Yo compré el piso por 95.000 pero ellos lo han tasado en 140.000. El dia que firmaron las escrituras(21/2/12) se publicó una ley en la cual bajaban el coeficiente de 4 a 3.3. Pero la fecha de entrada en vigor es el día siguiente de su publicación en el BOJA. Como yo residía fuera todo se hizo por poder notarial pero nadie me aviso que esto podía pasar. Se puede recurrir?

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