Desestimado recurso de reposición, ¿qué argumentos quedan?

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Este debate contiene 1 respuesta, tiene 2 mensajes y lo actualizó  Cristina Duart hace 6 años, 9 meses.

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  • #5543

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenos días.

    Que no te lien. El valor de tasación debe estar inscrito en el Registro de la Propiedad. Si el certificado de tasación está anexo «para su inscripción en el registro» aún no está registrado y aún no saben si quedará correctamente inscrito.

    Te queda la reclamación al Tear.

    Un saludo.

  • #5537

    EvaS
    Participante

    Hola, Cristina
    Acabo de recibir la desestimación en reposición y me pregunto si hay algo más que argumentar sobre defecto de forma, ya que me dicen lo siguiente:

    «En dicha escritura, el valor que se toma como referencia para el tipo de subasta ascendía a 62.920 €, según consta en el certificado de tasación emitido por “TINSA, TASACIONES INMOBILIARIAS, S.A.”, que se encuentra anexo a la citada escritura pública, para su inscripción en el Registro . Se cumplen, por tanto, los requisitos previstos para considerar que se ha aplicado correctamente el medio de comprobación de valores previsto en el apartado g) del artículo 57 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.”

    ¿Qué puedo alegar ahora en cuanto a la forma en la reclamación económico- admin.?

    Te he enviado la decl. complementaria y la
    desestimación por email. Mil gracias, saludos.

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