Buenos días.
Disculpa el retraso.
No te ha asesorado bien tu asesor fiscal, me temo.
En la Comunidad de Madrid el método de dictamen de perito de la Administración ya no lo pueden utilizar, al menos con la misma metodología que estaban utilizando, todo ello a raíz de una sentencia del TSJ de Madrid aplicando una del Tribunal Supremo.
Si bien es cierto que las complementarias que envían ahora adjuntan una relación de testigos firmada por funcionario distinto al que emite la valoración (requisito imprescindible que antes no lo cumplían), la falta de motivación y la falta de visita quedan patentes.
Normalmente en fase de alegaciones se gana, si bien puedes rectificar haciendo un buen escrito de recurso de reposición. NO vayas directamente al TEAR, te lo podrían desestimar por no haber alegado previamente, privando a la oficina liquidadora de la opción de rectificar.
Un saludo.