Liquidacion complementaria desde Canarias

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Este debate contiene 7 respuestas, tiene 3 mensajes y lo actualizó  maribel hace 9 años, 3 meses.

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  • #2367

    maribel
    Participante

    Hola Pedro, yo también soy de Canarias y en estos momentos estoy con la TPC. Pudiste resolver tu caso? Gracias

  • #974

    Cristina Duart
    Super administrador

    Hola Pedro.

    Hay que tener mucho cuidado con lo que te dicen en la oficina liquidadora, es una vergüenza pero es así. Me encuentro muchos casos como el tuyo, un asesoramiento pésimo, en contra de lo que debes de hacer.

    Una vez solicitada la tpc ya no puedes hacer otra cosa que seguir para adelante, salvo que aún estuvieras en plazo para hacer el rr o ir al tear.

    Ahora bien, si tu método es la tasación bancaria «fastidiado la hemos», pero lee esto: http://www.liquidacionescomplementarias.es/como-darle-la-vuelta-a-la-tortilla-articulo-57-1-g-lgt-tasacion-bancaria/

    Si te reclaman una cantidad en la que te valga la pena la estrategia adelante, yo calculo que a partir de 1500-2000 euros ya vale la pena hacerlo.

    Un saludo.

  • #973

    PEDRO

    Se me olvidaba Cristina yo liquide mi casa al importe de compra venta que es lo que se hacia siempre en canarias y no de la tasación del banco que la inflo para concederme el préstamo, por ello la Adm me dice que tenia que liquidar según el valor de la tasación del banco que es la tasación que ellos le dan validez.
    En uno de los recursos alegué que el banco inflo la tasación y que la Adm podía hacer la comprobación de valores por el coeficiente del catastro o por una tasación de la Adm, respondiendo que ellos pueden coger uno de los dos métodos y por ello escogen la tasación del banco que la hacen suya, sin que un perito de la Adm la valore ni la compruebe obviando la catastral que es favorable a mí.
    Por ello solicite TPC y por que un funcionario de la Adm me dijo que el TEAR podía hacerlo después.

    Gracias

  • #971

    PEDRO

    Hola Cristina.
    Pues ya me estoy dando cuenta que la he fastidiado solicitando TPC ya que no sabia que podía paralizar la suspensión de la liquidación con los recursos de Reclamación en Reposición o Económica –Administrativa.
    Al informarme en la Adm me dijeron que si quería paralizar el ingreso de la liquidación tenía que hace el TPC y que después podía hacer las otras dos recursos no me dijeron nada de solicitar en los otros dos recursos la suspensión de la liquidación hasta solicitar TPC, manada de sinvergüenzas.
    Una cuestión más Cristina:
    ¿Puedo después de hacer TPC en los recursos de Reclamación en Reposición o Económica –Administrativo solicitar la suspensión del ingreso hasta la finalización del procedimiento?
    ¿Me puedo basar en el recurso Económica –Administrativo que es el que pienso que tengo mas posibilidades en lo del número de expediente ya archivado?
    Perdón por ser tan pesado pero cada vez que me informo me doy cuenta que la Adm me están tomando el pelo y va hacer dos años en noviembre con todo este lío agotando los plazos la Adm , suben los intereses y no puedo hacer nada.
    Para más cabreo los intereses no se paralizan y al solicitar TPC me dicen que no tienen un tiempo estipulado para la contestación para nombrar yo al perito, es inaudito.
    Gracia por la ayuda.

  • #964

    PEDRO

    Hola Cristina.
    Gracias por contestar tan rápido.
    Pues párese ser que si ya que me enviaron otra carta con el mismo numero de expediente que la primera ya archivada y dicen que pueden hacerlo ya que el número de expediente corresponde a una persona no al procedimiento.
    A mí me da que se han dado cuenta del error en mis alegaciones y no quieren darme la razón por ello.
    He solicitado la TPC para reducir, paralizar el pago y para preparar bien el recurso al TEA lo que me pregunto es:
    ¿Si la nueva carta tiene el mismo numero de expediente de la archivada, caduca y se archiva para siempre la liquidación?
    ¿Al solicitar el TPC antes del TEA me ha perjudicado o me beneficia?
    Gracia Cristina por ayudar y dar consejos a gente desesperada como yo.
    Un abrazo.

    • #966

      Cristina Duart
      Super administrador

      Pedro,

      si solicitas hacer la TPC ya no puedes ir al Tear!!! así que mira a ver si puedes echarlo para atrás.

      Un cosa es reservarte el derecho a hacerla (que lo ejercitarás en el futuro si te interesa o no) y otra cosa es solicitar hacerla.

      Un saludo.

  • #943

    Cristina Duart
    Super administrador

    Hola Pedro.

    Si llevas más de seis meses esperando la liquidación provisional tras presentar alegaciones puedes darlo por caducado.

    La Adm te puede enviar otra, claro, solamente una más, pero entiendo que sería con otro número de expediente empezando de cero, porque si te contestaran ahora con la provisional se puede alegar al Tear también procedimiento caducado, y no creo que sean tan bobos.

    No sé decirte el plazo que tienen para solicitarte el nombramiento del perito de parte, nunca le he dado mayor importancia a eso, además cada oficina liquidadora va un poco por libre, se de casos de solicitar el nombramiento sin haber recibido la notificación de la oficina liquidadora.

    Un saludo.

  • #938

    Pedro

    Hola a todos los del foro y gracias por las aportaciones.
    Me gustaría saber si me pueden aclarar algunas cuestiones que me planteo y no he podido leer en el foro.
    Después de 6 meses sin contestar las alegaciones sobre una propuesta de liquidación de valores se archiva el expediente por finalización de plazos con la opción de poder abrir otro expediente dentro de los 4 o 5 años sobre dicha comprobación.
    ¿Se puede abrir otro procedimiento de comprobación de valores con el mismo número de expediente ya archivado?
    Si no es así y lo hacen.
    ¿Pueden cerrar o archivar dicho nuevo expediente y reabrir otro?
    ¿Cuántos expedientes pueden abrir?
    Se entiende que las administraciones hacen lo que quieren más aun por la ignorancia del que suscribe.
    Y por ultimo me gustaría saber ¿si se solicita una TPC que plazo tiene la administración para comunicarte que nombre el contribuyente a su perito?
    ¿Y si caduca el plazo de la administración que significa?
    Ante todo muchas gracias de ante mano por las respuestas.
    Garcías.

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