Este debate contiene 7 respuestas, tiene 2 mensajes y lo actualizó Cristina Duart hace 8 años, 8 meses.
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10 agosto, 2015 a las 12:04 #3144
Cristina,
Permiteme preguntar que significa exactamente la «falta de visita» para el caso de una reclamación económico administrativa al Tear?. Te refieres a la visita a la vivienda para la valoracion?-
12 agosto, 2015 a las 12:51 #3152
Buenos días.
Claro, para comprobar que los datos que hay en el catastro se corresponden con la realidad.
Un saludo.
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7 agosto, 2015 a las 18:09 #3131
Cristina,
Agradezco tu rpta. del 5 de Agosto.
En mi caso la nota simple del registro dice 110 m2 (construidos puerta para adentro + elementos comunes) y el catastro dice 106 m2 (Vivienda 90 m2 + Elementos comunes 16 m2) por lo que mejor excluir este argumento pues no me favorece, no?.
Un saludo y gracias por adelantado. -
27 julio, 2015 a las 11:39 #3099
Buenos días.
Argumentos muy pobres.
Si compraste antes del 28 de diciembre de 2013 puedes alegar el carácter retroactivo de la orden elevando la carga fiscal.
Resto de alegaciones, a parte de falta de motivación y de visita, depende de tu caso en concreto.
Imprescindible mirar el tema de la superficie por si en el catastro hubiese más metros de lo que le corresponde, no desglose de la parte de elementos comunes y/o el coeficiente de participación.
Un saludo.
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1 agosto, 2015 a las 10:51 #3113
Estimada Cristina,
En relacion a la mencion de «Imprescindible mirar el tema de la superficie por si en el catastro hubiese más metros de lo que le corresponde» mi pregunta es la informacion del certificado catastral contra que la comparo?. En el certificado dice: Coeficiente Participacion: 0,3783, Superficie construida: 106 m2, Vivienda: 90 m2 y Elementos comunes: 16 m2.
Muchas gracias por adelantado, -
5 agosto, 2015 a las 18:14 #3122
Con la nota simple del registro de la propiedad que tienes al final de la escritura.
Recuerda que en el catastro siempre son superficies construidas.
Un saludo.
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30 julio, 2015 a las 20:26 #3112
Estimada Cristina,
Efectivamente, la Fecha de Devengo es 04/12/2013 mas no entiendo la mencion «caracter retroactivo de la orden elevando la carga fiscal». Tambien me permito preguntar a que te refieres con la falta de motivacion y visita?.
Agradezco por adelantado si me puedes responder.
Un saludo.
Victor Salazar.
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26 julio, 2015 a las 13:15 #3087
Me permito realizar la siguiente consulta. En mi caso la liquidación complementaria argumenta un valor real resultado de aplicar el coeficiente del 2013 en Alicante al valor catastral. Entonces tiene sentido practico presentar los siguientes argumentos:
1: El piso fue comprado en Diciembre del 2013 por lo que aplicar un coeficiente del año, cuando el mismo ha disminuido en los últimos años (de 1,82 a 1,49) no es una forma precisa de calcular el valor real.
2: Presentar el precio medio por m2 de Alicante (fuente: Idealista) para el mes de Diciembre del 2013, el mismo da un resultado inferior al calculado por Hacienda.
Un saludo y gracias por su tiempo. -
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