Plazo Incoación Tasación Pericial Contradictoria

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Este debate contiene 0 respuestas, tiene 1 mensaje y lo actualizó  NADATOR hace 3 años, 7 meses.

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    NADATOR
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    Hola.
    He recibido varias desestimaciones de reclamaciones ante el TEAR de Murcia en base al art. 57.1 g) LGT con reserva para promover TPC (me gustaría conocer el plazo que tiene la entidad gestora para pronunciarse sobre la incoación de TPC).
    El acuerdo desestimatorio indica que el plazo es de 1 mes desde la notificación del acuerdo (el mismo fue recibido por el contribuyente el pasado 24 de mayo de 2019) y a día de hoy no se tienen noticias al respecto.

    ¿Sería procedente realizar alguna actuación o dejarlo hasta que se pronuncie la oficina gestora?
    También se tiene conocimiento que las notificaciones del TEAR llegan con celeridad al contribuyente, mientras que la oficina gestora pasa incuso más de un año en varias ocasiones sin que conste que se le han notificado las mismas.
    ¿Es posible alegar mala fe o fraude procedimental con tal forma de proceder?

    Salu2 y gracias de antemano por las respuestas.

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