Estimación Alegaciones Catalunya – Método de Tasación Bancaria y Art. 134.1 LGT

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Como ya he comentado en muchas ocasiones el artículo 134.1 de la Ley General Tributaria, establece que “La Administración tributaria podrá proceder a la comprobación de valores de acuerdo con los medios previstos en el artículo 57 de esta ley, salvo que el obligado tributario hubiera declarado utilizando los valores publicados por la propia Administración actuante en aplicación de alguno de los citados medios”.

Igual que pasa en la Comunidad de Madrid, estoy detectando MUCHOS CASOS en Catalunya en los que la Administración gira una comprobación de valores en base a la tasación bancaria cuando el contribuyente liquidó por un importe igual o superior al publicado por la Administración.

Tengo el placer de adjuntaros estimación de alegaciones emitida por la Oficina Liquidadora de l’Hospitalet de Llobregat, en una comprobación de valores utilizando el método de tasación bancaria.

 

Oficina liquidadora: Hospitalet de Llobregat

Fecha de compra: 22 de abril de 2016

Valor declarado: 420.000 euros

Tipología: Vivienda unifamiliar

Municipio: Sant Climent de Llobregat

Fecha recepción propuesta de liquidación: 8 de febrero de 2017

Método de comprobación: Tasación bancaria

Valoración administrativa: 511.450,00 euros

Importe reclamado: 9.384,02 euros (dos titulares)

Fecha de entrega de escrito de alegaciones: 9 de mayo de 2017

Fecha de estimación de alegaciones: 5 de julio de 2017

 

Que nunca te digan que hacer el escrito de alegaciones no sirve para nada. En alegaciones también se gana.

 

Descarga: ESTIMACION-ALEGACIONES

 

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7 comentarios en «Estimación Alegaciones Catalunya – Método de Tasación Bancaria y Art. 134.1 LGT»

  1. Compañeros SI SE PUEDE, escribi pidiendo ayuda en febrero en esta pagina porque había recibido una complementaria por la compra de mi nuevo piso valorado en 278000 y comprado por 200000 y me puse a buscar por internet para ver como hacer un escrito de alegaciones antes la oficina liquidadora de hospitalet y me la han aceptado, he logrado que no me reclamen los casi 6000 eur que me exigian…. ANIMO A TODOS Y MUCHAS GRACIAS POR TODO, ME HA SERVIDO DE MUCHO TODOS VUESTROS COMENTARIOS

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    • Gracias Vassane,
      Tengo el mismo problema, compre en Julio 2016 piso y parking por 168000 y me han hecho paralela por 240000, compre bien de precio por tener contrato de inquilino, el parking es doble pero un coche detras de otro, pero ahora me le aplican un coeficiente de 2. Me reclaman 7200 €
      Puedes mandarme modelo y alegaciones. Crees que mi caso se puede reducir o anular la reclamacion. Han pasado mas de dos años desde que hice la compra, cuanto tiempo tienes para enviar complementarias.
      Gracias

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  2. Buenos dias Cristina:

    Cuando os referis al metodo de Tasacion Bancaria, es porque se ha propuesto en las alegaciones una Tasacion Contradictoria para combatir la valoración de la Agencia Tributaria, o simplemente se trata de aportar la Tasacion Pericial realizada por el Banco, base para la concesion de una hipoteca ?? Deduzco no obstante, que si tienen copia de la compraventa y en su caso de la hipoteca, tambien tendran copia de la tasacion bancaria, es así ???
    Muchas Gracias.

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    • Buenos días.

      Te lo aclaro. Compras una vivienda en 100 mil euros y el banco te la tasó en 120 mil. Posteriormente Hacienda te reclama la diferencia del impuesto entre los 120 mil de la tasación del banco y los 100 mil de la compra, alegando que el valor de la tasación es el valor real.

      El procedimiento de la tasación pericial contradictoria es totalmente ajeno al procedimiento de recursos, si solicitas hacerla ya no puedes seguir recurriendo la comprobación de valores, por eso yo aconsejo reservarte el derecho y si posteriormente no prosperan los recursos entonces solicitar hacerla.

      Espero haberte ayudado.

      Un saludo.

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  3. HOla buenos días

    Primero agradecer toda la información que ofrece esta pàgina. Mi caso es el siguiente: ayer fui a firmar el acta de transparencia y el notario me dice que el valor de tasación sale es de 50.000 euros más que el de la compra y que me expongo a que Hacienda me gire una complementaria.A mediados de septiembre firmo la escritura pero no estoy de acuerdo con la tasación que me ha hecho el banco. ¿Se podría reclamar al banco una nueva tasación? o ¿hacer una tasación externa para que me la accepte?. Recuerdo que el tasador el dia que fue al piso a tasar lo tuve que llamar pq no se acordaba que había de ir y además al dia siguiente se iba de vacaciones, creo que no estaba por la labor… además es imposible que ese piso valga lo que el tasador puso porque por la zona no se venden a ese precio y el piso está para reformar. Agradecería por favor me puedan comentar si puedo solventar ese problema.

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    • Buenos días Maribel.

      Por desgracia es así, te reclamarán la diferencia del impuesto. Puede ser que utilicen la tasación bancaria o puede ser que utilicen el método de dictamen de perito de la Administración, este segundo método es más fácil de ganar que el primero.

      Si puedes hacer que revisen la tasación bancaria estaría bien, pero no creo que al banco le haga mucha gracia y además si te utilizan el otro método de dictamen de perito no te habría servido para nada este esfuerzo.

      La tasación externa como dices no sirve de nada, no te gastes el dinero en eso.

      Lo único que te queda es esperar a que llegue la complementaria y luego recurrirla, de una manera u otra al final acabarás pagando menos o nada.

      Un saludo.

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