Adjunto otra notificación recibida en el día de hoy por la que se anuncia «ESTIMAR recurso de reposición, no procediendo la regularización de su situación tributaria y anulando la liquidación» como respuesta al escrito presentado en fecha 4 de enero de 2016.
Solicitado también modificación de superficie a la Dirección General del Catastro debido a un exceso de superficie catastral de 6 metros cuadrados. Lo que supondrá una reducción del valor catastral para siempre.
Oficina liquidadora: Gandía, Valencia
Método de comprobación: Valor Catastral x Coeficiente Multiplicador
Tipología: Oficina
Importe reclamado: 6.655,03 euros (único titular)
Descarga: Resolución-RR
Si has pagado sin reclamar: SOLICITA DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS
Crea tu consulta en: Consultas Online
Hola Cristina, yo recibi una complementaria por una compra en el año 2013 en la que me aplicaban el valor catastral x coeficiente multiplicador basandose en la Orden 23/2013, recurri hasta el TEAR y me lo desestimaron en julio de 2015. He visto que ahora se puede reclamar el dinero que hemos pagado, en mi caso crees que puedo ganar si lo reclamo con ingresos indebidos? Muchas gracias por tu ayuda
Buenos días.
Yo creo que sí, claro. Pagaste debido a una notificación administrativa en base a una orden que fue anulada posteriormente.
Un saludo.
Gracias por contestar tan rapido. El caso es que acabo de pagar en junio porque tuve que fraccionarlo. Me aconsejas que reclame despues de pagar el ultimo recibo? Te agradezco la ayuda, ayer llame al registro de mi localidad para informarme y el responsable muy amablemente se rio de mi y me dijo que no me iban a devolver nada,por eso quiero asegurare de hacer las cosas bien, gracias nuevamente.
Pues mira.
De los que estoy gestionando hay un caso en que también pidió pago fraccionado. Aún no tengo respuesta de ninguno, pero de ese en concreto ya no le han cargado en cuenta el de este mes.
Ya veremos.
Un saludo.
Hola Cristina, me puedes contestar a mi pregunta de la complementaria que he recibido ? me quedan 7 días para recurrir y no se como hacerlo.
Gracias de antemano.
Un saludo