LIQUIDACION COMPLEMENTARIA

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Este debate contiene 2 respuestas, tiene 2 mensajes y lo actualizó  Antonio1958 hace 4 años, 3 meses.

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  • #7244

    Antonio1958
    Participante

    Hola Cristina, buenas tardes. He intentado dos veces remitirte la notificación por correo, pero me la devuelve con la indicación de que no ha sido posible su entrega por que la cuenta de correo no existe: noreply@liquidacionescomplementarias.es

  • #7239

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenos días.

    Si bien es recomendable empadronarse nada dice la Ley del IRPF al respecto para que sea considerada vivienda habitual. No sé si te pedirán más documentación para que acredites la condición de vivienda habitual, pero lo normal es presentar facturas de consumos donde aparezcas como titular de los servicios y que realmente haya habido consumos.

    Si quieres puedes enviarme la notificación por email y te la miro. He visto muchas de este tipo en la Junta de Andalucía, pero de Cataluña es la primera noticia que tengo. Quizás estén empezando a hacerlo ahora.

    Un saludo.

    • Esta respuesta fue modificada hace 4 años, 3 meses por  Cristina Duart.
  • #7235

    Antonio1958
    Participante

    Buenas tardes, Hace dos años compré un piso en Catalunya que desde entonces es mi vivienda habitual, beneficiándome del tipo reducido del 5% por ser menos de 32 años. Ahora he recibido una liquidación complementaria por no haberme empadronado. Lo cierto es que aunque no lo haya hecho es mi residencia desde entonces. Me gustaría me orientarán sobre como tengo que actuar para interponer alegaciones o recurso. Gracias.

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