Complementarias a pares…

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Este debate contiene 0 respuestas, tiene 1 mensaje y lo actualizó  Miguel R. Ruiz hace 9 años, 1 mes.

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    Miguel R. Ruiz
    Participante

    Buenos días Cristina:
    Gracias por tu inestimable colaboración ante el agravio que estamos sufriendo, por lo que veo, muchos ciudadanos a costa de de este sinsentido con las valoraciones que en mi caso está haciendo la Conselleria D’Hisenda en Valencia.
    Ayer dia 27 de Marzo, recogí dos notificaciones en las que me reclaman 3.454,16.- € y 600.- € respectivamente…
    1) Por la compra de un piso realizada el 17/12/2013 según escritura, me reclaman por complementaria 3.454,16.- € por la diferencia entre lo escriturado (30.000.- €) y el valor real que ellos estiman (64.541.- €).
    El piso se encontraba en un estado lamentable de abandono, cerrado 13 años, con la luz a 125V. y múltiples deficiencias por lo que he tenido que reacondicionarlo íntegramente (con facturas)…
    Catastro lo valora en el año 1998 en 19.958,94.- € que con las tablas y actualizado a 2015 (x1’1) darían un valor catastral de 21.844,83.- €

    2) Por la compra de un garaje realizada el 27/12/2013 según escritura por la que me notifican una complementaria de 600.- € (escritura 6 mil euros y supuesto valor real 12 mil…)
    Según he leído la ley que lleva a las revisiones de los valores para el pago del ITP se publicó el dia 28/12/2013 por lo que no se puede aplicar a las operaciones de compraventa realizadas antes de esta fecha… sería en todo caso una aplicación con carácter retroactivo por tanto recurrible…
    La liquidación de ITP y el justificante de autoliquidación se presentó y pagó en ambos casos el 10/1/2014 (entra en plazo de obligaciones)…
    La pregunta es en todo caso si ves recurrible estas dos complementarias por aplicación retroactiva o no… pues tengo 10 días para mover ficha…
    Gracias de antemano y enhorabuena por tu página.
    Miguel Ruiz.

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