2ª Comprobacion de valores: Tasacion Hipotecaria CCLM

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Este debate contiene 3 respuestas, tiene 2 mensajes y lo actualizó  jjgil hace 1 año, 3 meses.

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  • #8715

    jjgil
    Participante

    Buenas tardes,
    EL pasado 26/11/2022 hemos recibido de la Sala 2 del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla-La Mancha DESESTIMANDO nuestra reclamación por la comprobación de valores empleando la tasación bancaria recogida en la hipoteca.
    Volvemos a estar desanimados por el razonamiento del tribunal dando validez al metodo empleado.
    ¿Tenemos posibilidades de continuar reclamando ante el Tribunal Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justica de Castilla La mancha?
    Gracias de antemano

  • #7990

    jjgil
    Participante

    Buenas tardes Cristina,
    El pasado 23/12/2020 recibimos la notificacion de resolucion al recurso de reposicion aludiendo que el metodo de comprobacion empleando la tasacion hipotecaria es valida.
    Estamos preparando las alegaciones para el TEAR y repasando las fechas queremos consultar si estaria caducado y prescrito.
    – 05/09/2014. Fecha compraventa
    – 03/10/2014. Autoliquidacion del ITP de la compraventa.
    – 17/06/2016. Propuesta de regularizacion por procedimiento de comprobacion de valores por referencia al valor catastral
    – 02/08/2016. Notificacion de liquidacion provisional.
    – 30/09/2016. Notificacion desestimatoria del recurso de reposicion
    – 25/20/2016. Se interpone reclamacion economico-administrativa
    – 01/09/2020. Resolucion estimatoria de la reclamacion economico-administrativa, anulando la liquidacion provisional
    – 06/10/2020. Notificacion del acuerdo de ejecucion de la resolucion estimatoria, por el que se anlua la liquidacion. En esta notificacion indican «Todo ello sin perjuiciio de iniciar un nuevo procedimiento de gestion tributaria».
    – 08/10/2020. Notificacion de propuesta de regularizacion comunicando el inicio de procedimiento de comprobacion de valores por el valor asignado para la tasacion de fincas hipotecadas.
    – 11/11/2020. Notificacion de liquidacion provisional.
    – 11/12/2020. Recurso de reposicion
    – 23/12/2020. Desestimacion del recurso de reposicion.

    ¿En el inicio del segundo procedimiento de comprobacion de valores ya ha prescrito?

    • #7998

      Cristina Duart
      Super administrador

      Buenas tardes.

      Todo lo que estás mirando es a efectos de plazos de la retroacción de actuaciones, que solo es cuando el TEAR estima PARCIALMENTE, no ha sido tu caso, ya que fue una estimación total.

      Ahora, cada notificación interrumpe el plazo de prescripción.

      Por lo que veo tienes hasta el 23 de enero para presentar la reclamación al TEAR, y por lo que dices creo que te han utilizado la tasación bancaria tasando una vivienda distinta a la comprada.

      Tendría que tener más datos para poderte ayudar. Te mando ahora un email.

      Un saludo.

  • #7944

    jjgil
    Participante

    Buenos días,
    El pasado 11/11/2020 recibimos Liquidación provisional del 2 procedimiento de comprobacion de valores por la compraventa de nuestra vivienda. Tratando de resumir:

    1) Compra de la vivienda el 05/09/2014 por importe de 150.000€ liquidando ITP por ese importe.
    2) Propuesta de regularizacion de fecha 25/05/2016 por importe 198.101,64€ empleando metodo de coeficientes. Tras varias alegaciones el TEAR estimo nuestra reclamacion en fecha 23/06/2020 por falta de motivacion de la comprobacion.
    3) En fecha 08/10/2020 se inicia nuevo procedimiento de comprobacion del valor ahora empleando el valor asignado para la tasacion de fincas hipotecadas (art 57.1.g) de LGT ahora por valor de 196.187,50€
    Se presentaron alegaciones indicando que el valor hipotecario de la tasacion nace con una finalidad distinta que reflejar el valor real del bien pero fueron desestimadas.
    4) 11/11/2020. Liquidacion provisional desestimando las alegaciones.

    ¿que podemos hacer?
    ¿recurso al TEAR de nuevo volviendo a alegar falta de motivacion?
    ¿se puede incluir en las alegaciones que la tasacion forma parte de otra escritura y otra liquidacion de impuesto (hipoteca)?
    ¿ves recomendable la TPC?
    Perdon por el breve plazo pero estabamos muy desanimados hasta encontrar esta pagina.
    Gracias

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