ALEGACIONES SOBRE ITPAJD ESTIMADAS PARCIALMENTE EN ANDALUCIA

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Este debate contiene 0 respuestas, tiene 1 mensaje y lo actualizó  andaluz hace 8 años, 8 meses.

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    andaluz
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    Hola Cristina, ante todo felicitarte por tu gran labor y profesionalidad, eres un rayo de luz al gran robo descarado que la administración ejerce.
    Te comento, mi caso es el siguiente: En Noviembre de 2.017 llevo a cabo la compraventa de un inmueble en la Palma del Condado (Huelva) el cual tenia un valor catastral de 154.204,11 euros (correspondientes a 124.941,82 euros de suelo mas 29.262,29 de la construcción). Como puedes ver el valor de la construcción es mínimo comparado con el valor del suelo, ya que el inmueble es una antigua bodega que data del año 1940 y se encuentra en ruinas. La Junta de Andalucía valoraba el inmueble en 192.755,13 euros correspondientes al producto del valor catastral por el coeficiente de 1,25 que corresponde a la Palma del Condado según la Orden vigente. Dado que como te digo el inmueble estaba en ruinas, el valor de compra real fue de 120.000 euros, que es lo que se puso en escritura, habiéndose realizado el pago de 9.600 euros de ITAJD correspondientes al 8% de 120.000 euros. Cuando aporté el justificante de pago del ITAJD ante la oficina liquidadora, entregué conjuntamente y en ese mismo acto un escrito de alegaciones acompañado de un Informe Técnico redactado por un Arquitecto, en el que se declaraba el inmueble en ruinas, todo ello al objeto de evitar una liquidación complementaria futura. El caso es que en el día de ayer recibí una propuesta de liquidación IMP sobre transmisiones patrimoniales y AJD, en el que se me notifica propuesta de liquidación por aumento del valor en la compraventa indicándome textualmente lo siguiente: HABIÉNDOSE APORTADO INFORME TÉCNICO SOBRE LA FINCA Y SIENDO ENVIADO AL SERVICIO TÉCNICO DE VALORACIÓN, EL TÉCNICO DE LA MISMA CONSIDERA LA EDIFICACIÓN EN ESTADO DE RUINA ECONÓMICA, TOMANDO ASÍ EL VALOR CATASTRAL CORRESPONDIENTE SOLO AL SUELO. Me aplican una base imponible de 156.177,28 euros (valor del suelo 124.941,82 euros x 1,25) y le aplican el 8% resultando una cuota a pagar de 12.494.18 euros. Como ya había pagado 9.600 euros, me reclaman la diferencia: 2.894,18 euros + 9,22 euros de intereses, y me dan un plazo de 10 días para estimar alegaciones si lo creo oportuno.
    He consultado la ficha catastral y la superficie del suelo es prácticamente la correcta: 836 m2, y te digo prácticamente, porque si acaso puede tener en realidad unos pocos metros menos, yo estimo sobre unos 810 metros, pero tendría que confirmarlo realizando una medición. El valor del suelo indicado en la ficha catastral es el correcto. Como observación te diré que en la escritura aparece una superficie de 1.000 m2 así que tampoco puedo utilizarla en mi favor
    ¿Crees que cabe alguna alegación o no merece la pena?. ¿Y si cabe en que términos podría formularla?. Muchas gracias de antemano por tu respuesta y por tu gran ayuda. Un abrazo

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