Etiquetado: Liquidaciones complementarias
Este debate contiene 2 respuestas, tiene 2 mensajes y lo actualizó mediatorisci hace 9 años, 9 meses.
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2 febrero, 2017 a las 19:22 #4682
Bien, trataré de explicarme. La demanda está puesta y entre medias, han salido las Sentencias tanto del Supremo como las del propio TSJ Madrid, que contradicen el sistema usado por la Comunidad Autónoma para valorar los inmuebles. No obstante en el hipotético caso de que estimen la demanda, volverán a iniciar el procedimiento. Por ello y de acuerdo con el artículo 77 de la Ley 29/1998, pregunto si es posible acordar con la administración un método valorativo objetivo o puedo tomar la iniciativa con un informe pericial por medio de sociedad de tasación que acredite el valor, proponerlo e incentivar el acuerdo.
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11 enero, 2017 a las 17:08 #4627
Buenas tardes.
Por lo que dices entiendo que tienes interpuesta demanda en el TSJ por una comprobación de valores.
Lo que no entiendo es lo que dices después.
Un saludo.
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29 diciembre, 2016 a las 12:56 #4595
Hola y gracias por este Foro tan interesante sobre la materia. Tengo recurrido un expediente que revisaba el valor de compra de una vivienda en Madrid. Se desestimó en reposición, se demandó ante el TEAR y ha llegado al TSJ Madrid, si bien no se ha dictado sentencia. Entiendo que se aplicará la reciente Jurisprudencia al caso.
No obstante, me planteo reconducir el conflicto a una situación mas favorable, estableciendo el método de valoración mas objetivo posible y si esto me obliga a pagar algo, pagarlo sin mas y terminar con esto, ahora que legalmente, el asunto está establecido.
¿Es la solicitud de devolución de ingresos indebidos la mejor fórmula? ¿Qué método valorativo es mas adecuado?
Gracias -
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