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Este debate contiene 3 respuestas, tiene 2 mensajes y lo actualizó  Cristina Duart hace 9 años, 8 meses.

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  • #4779

    ana1234
    Participante

    Pero si lo hicieramos con el tipo reducido, que podriamos alegar despues para poder ganar?

    Un saludo y gracias.

    • #4780

      Cristina Duart
      Super administrador

      Pues lo mismo que en los demás casos. El cambio del tipo de gravamen es una consecuencia de un aumento del valor del inmueble por encima del límite del valor del inmueble que da derecho al tipo reducido.

      Un saludo.

  • #4777

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenas tardes.

    Si no te acoges al tipo reducido lo perderás para siempre.

    En Murcia se gana muy bien, así que ánimo.

    Un saludo.

  • #4776

    ana1234
    Participante

    Hola,
    Estamos a punto de comprar una vivienda, el precio es de 132000 euros. Tenemos una tasacion echa por el banco de 162.000 euros y nos informamos del valor medio del mercado y segun hacienda vale 166.000 euros. Somos menores de 35 años (somos de murcia) y podriamos acogernos a la bonificacion, pero tu que crees que es mejor? Nosotros estamos pensando en no acogernos a las bonificaciones

    Gracias!

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