Buenas tardes, compré un inmueble en Gandia el 19 de diciembre del 2013, y me han aplicado los valores de la Orden 23/2013 por los cuales no hacen caso a los valores que se aplicaban en ese año (3,00 caso de Gandia) y aplican con carácter retroactivo el 3,45. He leído todos tus comentarios, y entiendo que no es correcto, pero mi duda es la siguiente. La comunicación de inicio del trámite de alegaciones no me llegó, con lo cual lo publicaron en el BOP. Ahora he recibido la Liquidación Provisional del ITP. Mi pregunta es: ¿en este trámite puedo alegarlo todo, o al no haber alegado en el trámite de alegaciones ya no puedo rebatir la retroactividad de la orden, estado de la vivienda, reformas,etc.????? Muchas gracias, y enhorabuena por tu web, es de gran ayuda.