Complementaria por no habitar.

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Este debate contiene 1 respuesta, tiene 2 mensajes y lo actualizó  Cristina Duart hace 12 años, 8 meses.

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  • #640

    Issac

    Te lo acabo de enviar por mail. Gracias

  • #631

    Issac

    Vale te lo envio mas tarde. Gracias

  • #629

    Issac

    No la tengo en estos momentos aquí, ni tengo escáner.
    No sabemos si pagar lo que nos reclaman y después reclamar o reclamar del tirón.

    • #630

      Cristina Duart
      Super administrador

      Con foto que se pueda leer me vale.

      Quiero saber si te aplican solamente el nuevo gravamen o te hacen comprobación de valores también y la normativa que aplican, sino no te puedo decir nada.

      No pagues aún!!

  • #626

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenos días.

    Pues claro que está prescrito. Son cuatro años y un mes desde la fecha de la compra.

    Que comunidad es?

    • #627

      Issac

      Es Andalucía. Pero el caso es que en el Registro nos dicen que comienza a prescribir a partir de la finalización de los tres años que marca la Ley como vivienda habitual y por eso estamos confundidos y no sabemos que hacer.

    • #628

      Cristina Duart
      Super administrador

      Me la envías por email?

  • #625

    Issac

    Buenos Dias.
    Compre una casa en el año 2008 y nos acogimos a la bonificación que hacen del Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales y tuvimos que pagar el 3,5 %.
    El caso es que ahora la oficina liquidadora nos reclama una complementaria ya que no nos hemos ido a vivir a la casa, ya que la estamos arreglando poco a poco y ni nos hemos empadronado allí, ni tenemos manera de demostrar por recibos de luz, agua, etc que hemos tenido la casa como vivienda habitual.
    Reconocemos que ha sido culpa o desconocimiento nuestro.

    La cuestión es: ¿esta prescrita esa deuda? El ITP y AJD al 3,5, lo pagamos el 26/02/2008 y la complementaria nos ha llegado el 4 de marzo de 2014.

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