Etiquetado: Almería, complementaria, Roquetas
Este debate contiene 5 respuestas, tiene 2 mensajes y lo actualizó Cristina Duart hace 9 años, 11 meses.
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15 noviembre, 2016 a las 12:41 #4452
Buenos dias Cristina, comentarte que hemos recibido por fin respuesta de la Administracion a nuestra alegaciones. Las han estimado parcialmente, reduciendo la Base Imponible a 115.152€. La cuantia a ingresar ha pasado a ser 647€ (de los casi 11.000€ propuestos inicialmente), por lo que nos damos por satisfechos. Queremos agradecerte tu ayuda desinteresada. Un saludo!
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15 noviembre, 2016 a las 12:47 #4453
Buenos días.
Me alegro un montón!!!!
un saludo.
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29 julio, 2016 a las 21:02 #4230
Hola de nuevo.
En nuestro caso, los anejos NO están vinculados, es decir, tienen diferentes referencias catastrales. La Admon da un real valor real a mi vvda de 140.480€ y de 11.825€ al garaje aproximadamente. Segun entiendo en el enlace que adjuntas, ¿si la TPC de la vvda tuviese un valor, por ejemplo, de 127.000€ (diferencia del 10% aproximadamente sobre valor real estimado por la Admon), ésta la daria por buena y me permitiría seguir tributando al tipo reducido la vvda?. Supongo que con el garaje sucedería igual.
Gracias de nuevo!-
31 julio, 2016 a las 20:26 #4232
Buenas tardes.
Correcto con lo de la vivienda, pero el mínimo son 127.710 euros. Ojo con esto, es dividir entre 1,10.
El garaje no, no se le puede aplicar el tipo reducido.
De todas formas te aconsejo que recurras con la reserva a la tpc, y si llegado el momento la necesitas hacer la haces.
Se puede ganar por otros muchos motivos.
Un saludo.
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29 julio, 2016 a las 19:38 #4227
Buenas tardes.
Claro que tienes opciones de recurrir, y de ganar.
En primer lugar, las plazas de garaje y los trasteros NO entran en la valoración del importe máximo de 130.000 euros para el tipo reducido.
Así que si los anejos no están vinculados (diferentes referencias catastrales) hay que mirar la valoración solamente de la vivienda, y en caso de que estén vinculados a ver como separan el valor catastral de la vivienda del valor catastral total.
Y para el tema de la tpc, lee por favor este enlace:
http://www.liquidacionescomplementarias.es/tasacion-pericial-contradictoria-tpc-siempre-para-el-final/Un saludo.
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23 julio, 2016 a las 12:32 #4217
Hola Cristina, gracias por tu ayuda de antemano. Te comento nuestro caso:
En julio de 2014 compramos vvda + garaje por 98.000€ en Roquetas (Almeria). La tasacion fue de 105.000€. Tributamos ITPAJD al tipo reducido. 2 años despues nos comunican que han comprobado valores (valor catastral por coeficiente multiplicador) y que el precio real era de 152.000€ (un 50% mayor que el precio de mercado y reafirmado por la tasadora), y nos mandan una propuesta de liquidacion de casi 11.000€. Nos parece un disparate y un valor completamente irreal. Para colmo, nosotros escrituramos el 3 de julio’14 y solo 6 dias despues, el 9 de julio, la Junta actualizo los coeficientes multiplicadores para la comprobacion de valores y nuestra vvda + garaje paso a tener un valor real de 127.000€. Solo 6 dias despues. La complementaria rondaria los 1.000€. Todo esto nos parece surrealista. Estamos en alegaciones. Nos comentan que solicitemos una tasacion pericial contradictoria, la cual entendemos que deberia darnos la razon (el valor para otra tasadora deberia ser el mismo o similar que el indicado por la primera). ¿Crees que tenemos alguna opcion de recurrir esto?
Gracias de nuevo y un saludo -
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