Etiquetado: galicia
Este debate contiene 20 respuestas, tiene 3 mensajes y lo actualizó javier1010 hace 10 años, 10 meses.
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13 octubre, 2015 a las 06:28 #3342
Buenos días Cristina. Ye te he enviado la notificación. Gracias.
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9 octubre, 2015 a las 12:32 #3324
Buenos días, acabo de recibir una comprobación de valores por la compra de mi piso.Se trata de un piso de banco y por esto lo compre a un buen precio. Estoy un poco perdido. ¿Cuales son los pasos que debo seguir y como formulo las alegaciones para tener mayor probabilidad de éxito?
Un saludo.-
9 octubre, 2015 a las 21:46 #3327
Hola.
Depende de cada caso. En Galicia es bastante fácil de ganar.
Me la mandas por email?
Un saludo.
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1 octubre, 2015 a las 16:44 #3293
Hola
Por casualidad he entrado hoy en la web de la xunta de Galicia donde se valoran on-line lo bienes a efectos fiscales.
Creo que ahora ha cambiado el método respecto al 2014 ¿Es así? Ya que si introduzco la referencia catastral y valor catastral en la aplicación y valoro el bien a fecha de hoy me sale 105000 euros.(Supongo que debo sumar el valor de la plaza de garaje)
¿Cómo es posible que entre dos métodos haya tanta diferencia de 100.000 a 300000?
Voy a aportar sólo la valoración de la propia xunta a día de hoy para acreditar la desmedida de la valoración anterior realizada por el viejo método; además pediré falta de motivación.
me quieren cobrar por 300000 cuando si vendo hoy puedo valorar por 100.000; no tiene sentido
¿Cómo lo ves?Gracias.
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15 diciembre, 2015 a las 18:41 #3658
Hola Cristina
¿Has hecho algun recuerso contra una liquidación hecha al amparo de la Orden 27 de diciembre de 2013?
Saludos
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3 octubre, 2015 a las 17:23 #3306
Buenas tardes.
No sé a que dos métodos te refieres, supongo que al de la web y al que te han aplicado a ti.
Una vez que no has respetado el valor fiscal publicado por la Administración te pueden utilizar el método que quieran.
Un saludo.
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27 septiembre, 2015 a las 19:41 #3268
Pero si no aporto la tasación hasta el tear y la administracion no rebaja el precio o lo hace en menor cuantia que la tasación, si el TEAR da por Bueno el sistema igual ya solo me quedaría la baza de la TPC para bajar el precio hasta el nivel de la tasación . Es así?
Mil gracias -
26 septiembre, 2015 a las 16:53 #3261
Gracias de nuevo, perdona tantas preguntas pero es que no me aclaro.
Si el TEAR no puede rebajar el importe de la liquidacion y no lo hace la administración en las alegaciones o en reposición, No será tarde aportarla en el TEAR la tasación? De que serviria?
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Esta respuesta fue modificada hace 11 años, 1 mes por
javier1010.
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26 septiembre, 2015 a las 19:26 #3263
Para demostrar que tu vivienda no vale lo que dice la Administración.
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Esta respuesta fue modificada hace 11 años, 1 mes por
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26 septiembre, 2015 a las 09:24 #3256
Gracias Cristina
OK la tasación sólo en el TEAR
¿Pero qué se gana en el TEAR?¿la anulación por falta de motivación o una rebaja en la valoración? Me refiero a los expedientes que has visto tu de Galicia.
Si es la rebaja , me imagino que será en función de la tasación que se aporte… ¿no?
Me estás aclarando muchas cosas y te lo agradezco.
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26 septiembre, 2015 a las 12:50 #3257
El Tear solamente decide si la comprobación de valores es conforme o no a derecho, o si el método aplicado en la valoración es aplicable al caso en concreto. El Tear nunca rebaja.
El único organismo que puede rebajar es la oficina liquidadora.
Por eso te digo que yo no presentaría la tasación bancaria en la oficina liquidadora, porque te pueden sustituir el método. El Tear eso no lo puede hacer.
Un saludo.
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25 septiembre, 2015 a las 09:18 #3251
Muchas gracias
Veo estas posibilidades:
1.- Si voy por la nulidad por falta de motivación y no presento tasación nunca, tendré que llegar al TSJ de Galicia como poco. Si ahí gano y anulan la liquidación supongo que no podrán iniciar de nuevo una comprobación al ya estar prescrito. ¿Es así?
2.- Si aporto la tasación en alegaciones o reposición pueden aceptarla, cambiar método y tendré que pagar los 10.000 euros de diferencia en cuota.
3.- Si la aporto en el TEAR pueden:
a.- Aceptar falta de motivación y anular. (Difícil)
b.- Aceptar la valoración de la tasación y volvemos al punto 2.
c.- Rechazan recurso y:
-Llega al TSJ y a su vez pueden:
a.- Aceptar falta de motivación y anular.
b.- Aceptar la valoración de la tasación y volvemos al punto 2.¿Es correcto este razonamiento?
Muchas gracias
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25 septiembre, 2015 a las 10:25 #3252
No te preocupes en exceso. No conozco ningún caso en Galicia que haya pasado por mis manos que no se haya ganado en el Tear.
En principio olvídate del TSJ.
Yo de entregar la tasación no lo haría hasta la reclamación al Tear.
El objetivo de las alegaciones y del recurso de reposición es intentar que te rebajen la valoración. Una vez rebajada nunca te podrán pedir la cantidad inicial y podrás seguir recurriendo con la rebaja ya hecha. Si entregas la tasación bancaria te estás jugando perder esa oportunidad.
Un saludo.
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25 septiembre, 2015 a las 10:34 #3254
Gracias Cristina
OK la tasación sólo en el TEAR
¿Pero qué se gana en el TEAR?¿la anulación por falta de motivación o una rebaja en la valoración? Me refiero a los expedientes que has visto tu de Galicia.
Si es la rebaja , me imagino que será en función de la tasación que se aporte… ¿no?
Me estás aclarando muchas cosas y te lo agradezco.
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25 septiembre, 2015 a las 10:25 #3253
No te preocupes en exceso. No conozco ningún caso en Galicia que haya pasado por mis manos que no se haya ganado en el Tear.
En principio olvídate del TSJ.
Yo de entregar la tasación no lo haría hasta la reclamación al Tear.
El objetivo de las alegaciones y del recurso de reposición es intentar que te rebajen la valoración. Una vez rebajada nunca te podrán pedir la cantidad inicial y podrás seguir recurriendo con la rebaja ya hecha. Si entregas la tasación bancaria te estás jugando perder esa oportunidad.
Un saludo.
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25 septiembre, 2015 a las 07:23 #3249
Muchas gracias por la respuesta, pero ¿no ves arriesgado no presentar la tasación del banco? Si finalmente no aceptan la falta de motivación… me liquidarán por 300000 y debería pagar 20.000 euros de cuota de diferencia con lo pagado inicialmente, más intereses.Si me aceptan la tasación sólo pagare 10.000 euros.
No sé que hacer…
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25 septiembre, 2015 a las 08:57 #3250
Buenos días.
Resérvatela para el Tear, no la presentes ahora. La oficina liquidadora te puede cambiar el método, el Tear no.
Un saludo.
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25 septiembre, 2015 a las 00:41 #3248
Hola.
No presentes la tasación, hay mucha diferencia y te la podrían usar como método de comprobación.
En Galicia a día de hoy es bastante fácil de ganar alegando la falta de motivación y de visita si no la hubo.
Un saludo.
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24 septiembre, 2015 a las 09:56 #3247
Hola y gracias de antemano
Datos: Compraventa año 2014
Se declara: 100.000
Tasación hipoteca: 200.000
Comprobación Xunta: 300.000
¿Qué hacer? ¿Se puede hacer valer el valor tasación???
He visto muchas sentencias que anulaban declaraciones bajo la normativa del 2011 por falta de motivación, pero aquí aplican una de diciembre del 2013. ¿Los argumentos pueden ser los mismos o con esta nueva ley ya no hay esa falta de motivación que antes apreceaban lso tribunales?Gracias
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