Etiquetado: desestimación, tear
Este debate contiene 2 respuestas, tiene 3 mensajes y lo actualizó antoine55 hace 10 años.
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11 octubre, 2016 a las 19:15 #4420
Hola, me interesa mucho el tema de los intereses?siguen corriendo desde que empieza el proceso con el recurso de reposicion?
gracias -
17 agosto, 2016 a las 19:39 #4363
Buenas tardes.
Disculpa el retraso.
Tenéis muy buenas sentencias en Castilla-La Mancha, pero necesito saber el método que te han aplicado. Supongo que haya sido “valor catastral por coeficiente multiplicador”, pero por lo que mencionas en tus alegaciones me lo haces poner en duda.
Necesitaría ver bien tu caso para aconsejarte.
No sé si habrás comprobado la superficie catastral, existen muy buenas sentencias en caso de discrepancia de los datos catastrales.
No sé si tendrás tasación bancaria a efectos de hipoteca que pueda beneficiarte, también hay buenas sentencias.
Dependiendo de tu caso te aconsejaría ir al TSJ o bien hacer la tasación pericial contradictoria. Y en caso de decidir hacer la tpc, se puede iniciar de nuevo una reclamación por la valoración de la Administración.
Si quieres envíame por email el expediente y te digo.
Un saludo.
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11 agosto, 2016 a las 12:42 #4268
Hola Cristina, buenas tardes.
Felicidades por tu blog, es estupendo.
Mi caso es el siguiente:
Compré una vivienda en Yuncos (Toledo) a un banco por 40.000 €, y por esa cantidad es por la que pagué los impuestos, con fecha de 08/08/2012.
Después me llegó la complementaria en la que me reclaman 3508.45 € porque según ellos y sus mediciones de coeficientes con el catastro, el inmueble vale 83.831,63 € ( qué más quisiera yo que valiese eso ¡¡). Entonces hice lo siguiente:
Primero puse un recurso de reposición contra la liquidación provisional que me presentaba la Oficina Liquidadora de Illescas; me lo desestimaron.
Luego interpuse una reclamación económica-administrativa frente a esta resolución que fue desestimada (me guardé el derecho a tasación pericial contradictoria), alegando básicamente:
1-Falta de motivación de la resolución desestimatoria del recurso de reposición y error en la valoración de pruebas.
2-Incumplimiento de los deberes de los peritos de una peritación sobre el terreno atendiendo a todas las circunstancias que rodean al bien, describirlo y facilitando los antecedentes de hecho suficientes para admitir o rechazar la valoración.
Bien, pues hoy me llega la resolución del TEAR y acuerda DESESTIMAR la reclamación interpuesta; dando por ello agotada la vía administrativa y frente a la misma puedo interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
Yo todavía no he pagado nada, y si no me equivoco, los intereses están “paralizados” desde que empecé todos los recursos y alegaciones, ahora me debato entre pagar, o seguir para adelante e interponer ese recurso contencioso al TSJ de Castilla La Mancha.
No sé si partir de ahora, me empiezan a contar los intereses, ni tampoco me explican mucho más de dónde, cómo y cuando debo pagar esos 3508.45 € que me reclaman, en caso de que mañana mismo decidiese pagarlo…
¿qué harías en mi caso?.
¿me puedes recomendar alguna ley o sentencia o algo que me pueda ayudar en caso de que quiera reclamar al TSJ?Muchas gracias ¡¡¡
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