Etiquetado: castilla, comprobacion, liquidación, mancha, valores
Este debate contiene 2 respuestas, tiene 2 mensajes y lo actualizó Susanita hace 10 años, 9 meses.
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21 enero, 2016 a las 10:43 #3722
Muchas gracias Cristina por responder tan rápido!
Y disculpa las molestias! -
21 enero, 2016 a las 10:13 #3721
Buenos días.
Para poderte contestar correctamente he tenido que hacer algunas averiguaciones, las cuales te paso a exponer:
Efectivamente existe una web en la que introduciendo la referencia catastral te calcula el valor fiscal: https://tributos.jccm.es/WebGreco/oficinaVirtual/valoracionPreciosMedios/GreJspValoracionBienesUrbanos.jsp
Si te fijas, a pie de página dice textualmente:»
Importante: De acuerdo con la Instrucción 1/2016, de 11 de enero de 2016, de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego, por la que se establecen los criterios para la comprobación del valor de los bienes inmuebles de naturaleza urbana, la comprobación del valor declarado se considerará no prioritaria si es igual o superior al 85% del valor de referencia a la fecha de transmisión«.Es decir, se entiende que si liquidas el impuesto hasta un 85% menos del valor que te indica la web no te giran complementaria.
Lo curioso es que la web no indica en base a qué se están calculando esos valores.
No hay publicada Orden para el 2016.
Solamente hay publicado lo siguiente:
https://tributos.jccm.es/WebGreco/docAdj/INSTRUCCION_1-2016.pdf, que es una instrucción en la que indican los medios que van a utilizar en el año 2016.Así que he llamado a una oficina liquidadora, concretamente la de Illescas, Toledo, para preguntar como están procediendo.
Muy amablemente me ha explicado que ellos no tienen ni idea de cómo está calculado el valor que da la web a los inmuebles, y que las comprobaciones de valores que van a enviar estarán basadas en la Orden del año 2015, pues aún no ha salido la de 2016.
Con todo esto, y viendo que la Administración está actuando de manera totalmente incongruente, te recomiendo liquidar por el valor de compraventa y si te llega complementaria lucharla. Si pagas por el valor fiscal que te indican, el dinero pagado en exceso está perdido para siempre.
Un saludo.
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21 enero, 2016 a las 08:34 #3720
Buenos días!,
mi consulta es la siguiente: estamos interesados en una vivienda que vende un banco en la provincia de Guadalajara por 130.000€ (necesita una pequeña reforma); el caso es que he mirado en la página de tributos de la Comunidad de Castilla la Mancha, y la valoración del bien urbano es de 199.073€. Con esta diferencia, es seguro que nos mandarían la liquidación complementaria, pero ¿sobre esa valoración de la web de tributos, o esa cantidad aun tiene que multiplicarse por los coeficientes correctores?
Se puede hacer algo a la hora de comprar, para evitar este susto? Fotos del estado actual, una tasación real,…
Muchas gracias de antemano -
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