dudas a la hora de pagar el itp

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Este debate contiene 3 respuestas, tiene 3 mensajes y lo actualizó  Cristina Duart hace 5 años, 1 mes.

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  • #6675

    juanp77
    Participante

    Hola Cristina,
    Firmó en unos días la compraventa de una casa por 225 mil y con valor fiscal de 298 mil. Es mejor pagar impuestos por el valor de compraventa y después reclamar?? El perito del banco lo ha tasado en poco más del valor de compraventa. Me puede valer esa peritacion para reclamar? En ANDALUCIA hay alguna sentencia que cambie la valoración de los inmuebles??? Muchas gracias

    • #6676

      Cristina Duart
      Super administrador

      Buenas tardes.

      Valor catastral x coeficiente multiplicador ya no se puede utilizar para valorar los inmuebles, solo para saber a quien se va a comprobar.

      Así que, teniendo una tasación cercana al valor de compra, está claro que tu «valor fiscal» está inflado, y en caso de hacerte una comprobación de valores te la tendrán que hacer en base al método dictamen de perito, en cuyo caso el valor seguro que será por debajo del «valor fiscal», o lo que yo creo que utilizarán, la tasación bancaria, así que yo liquidaría por el valor de compra.

      Un saludo.

  • #6645

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenas tardes.

    El valor fiscal entonces es 41.164,12 euros x 1,89 = 77.800,19 euros. Si liquidas por un importe MENOR te harán comprobación de valores.

    Si bien , gracias a la sentencia del Tribunal Supremo no podrán valorar tu vivienda en base al método de coeficientes, pero sí por cualquier otro recogido en la Ley General Tributaria.

    Espero haberte ayudado.

    Un saludo.

  • #6644

    matut
    Participante

    Buenas tardes.
    Voy a comprar una vivienda en el precio acordado con el vendedor de 60.000€. Dicha vivienda tiene un valor catastral de 41.164,12€. Quisiera saber por que valor tengo que pagar los impuestos de la vivienda, si por los 60.000€ del valor de compra o por los 41.164,12€ del valor catastral. Tengo entendido que hay una sentencia, del tribunal supremo, por lo que queda anulado el sistema, por el cual se estaba realizando dichos cálculos .

    La compra es en Andalucía. y el coeficiente multiplicador en mi localidad es el 1.89%

    quiero asegurarme como debe realizar dicho pago,para no tener problemas, muchas gracias

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