Éxito en Andalucía de los recursos ante el TEARA

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Este debate contiene 1 respuesta, tiene 2 mensajes y lo actualizó  Cristina Duart hace 11 años, 6 meses.

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  • #2799

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenas tardes.

    Siempre merece la pena, claro que sí. Las comprobaciones de valores que utilizan el valor catastral son muy fáciles de ganar si se detecta algún tipo de diferencia de superficie en la base de datos del catastro, diferencias que son muy comunes. Aún no habiendo diferencia hay otras muchas cosas alegables y en el peor de los casos se inicia el procedimiento de la tpc.

    Un saludo.

  • #2796

    mcapitan
    Participante

    Estimada compañera, tengo un cliente al que le he tramitado un procedimiento de expediente de dominio ante el Juzgado de Osuna, provincia de Sevilla, respecto a una vivienda sita en El Saucejo ( Sevilla). Cuando se inició el expediente de dominio, el valor fiscal de la vivienda era de 54.703e, aplicando la fórmula de valor catastral por coeficiente ( 1,57). la firmeza del auto que declara justificado el dominio, es de fecha 15/04/2015, que se entiende, según la oficina liquidadora, la fecha del devengo. En esta fecha, el valor fiscal es de 71.570€, ya que se ha modificado el coeficiente a 2.01, por lo que evidentemente el impuesto a pagar es mucho mas elevado. Mi pregunta es la siguiente: ¿según las últimas resoluciones que están dando el TEARA o el Tribunal Contencioso Administrativo de Andalucía ( que las desconozco), ¿merece la pena recurrir la complementaria que seguro recibirá el cliente en caso de no declarar los 71.570€?.
    Muchas gracias

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