ITP Andalucía ¿me puede venir complementaria?

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Este debate contiene 2 respuestas, tiene 2 mensajes y lo actualizó  elreydelpro hace 11 años, 1 mes.

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  • #3314

    elreydelpro
    Participante

    Gracias por la respuesta tan rápida, creo que me va a tocar pagar… Saludos.

  • #3311

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenos días.

    La normativa establece como periodo de tres años ininterrumpidos de residencia para que se considere domicilio habitual y permanente, pero hay ciertas excepciones que se pueden dar para no perder los beneficios adquiridos por incumplir el plazo de tres años, como pueden ser matrimonio, cambio de residencia por motivos laborales, etc.

    Puedes buscar toda esa información en la normativa del IRPF.

    Un saludo.

  • #3308

    elreydelpro
    Participante

    Hola, en Octubre de 2013 compramos un piso por 34000, que fue tan barato porque estaba en ruinas literalmente… a la hora de pagar el ITP, al ser tan «barato», el precio de compra, cogimos como referencia el valor catastral (o eso creíamos)… el valor catastral era en aquel año 50000 pero, no sé por qué, pagamos a razón de 72000… Al ser menores de 35 años, ser para primera vivienda y valer menos de 130000, pagamos el 3,5% (el porcentaje reducido). Ahora, 2 años después, por motivos personales nos vemos obligados a mudarnos, y tenemos que vender este piso y comprar otro, el cual queremos pagar también el 3,5% por ser para primera vivienda también. El caso es que nos han dicho que al no haber pasado más de 3 años nos puede venir una complementaria del piso anterior porque no se puede uno acoger a este porcentaje reducido en dos pisos si la diferencia entre la compraventa entre ambos no es de mínimo 3 años. Espero haberme explicado bien.
    Tengo varias preguntas…

    ¿Es cierto que me puede venir una complementaria?
    ¿Puedo corregir el «error» por el cual pagamos a raiz de 72000 en lugar de los 50000 que ponía como valor catastral?
    He visto que hay un tipo de porcentaje aún más reducido, que es del 2% para pisos que sean para reventa… aunque en su momento no era el motivo pero quizás me pueda ayudar ahora en algo para no tener que pagar más… no se si yo, como particular me puedo atener a este porcentaje, o ya es tarde.

    Gracias por la ayuda de antemano.

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