Este debate contiene 1 respuesta, tiene 2 mensajes y lo actualizó Cristina Duart hace 12 años, 9 meses.
-
AutorPublicaciones
-
10 febrero, 2014 a las 11:44 #524
GregorioGracias Cristina, ese es el decreto que estaba buscando y con el que me lo habían justificado, ya que en este caso la vivienda es de 120 m2 y por eso no la consideran de protección oficial y por eso la Junta de Extremadura se invento el tipo de «vivienda de protección media».
Un saludo
-
6 febrero, 2014 a las 10:13 #511
GregorioGracias por la respuesta, pero parece ser que estas viviendas no son consideradas de protección oficial, a pesar de tener valor máximo legal de venta, y son un tipo de «vivienda media» y a eso se agarran para no tributar al 4%. En teoría nos han dicho que las viviendas de protección oficial no pueden sobrepasar x metros y estas lo hacen (estoy buscando el decreto donde dice esto).
Sobre que cantidad tributar que nos recomiendas? Nos han dicho que lo hagamos sobre el valor de la tasación.
Un saludo y gracias otra vez.-
6 febrero, 2014 a las 12:52 #512
Bueno, eso dependerá de lo que diga la escritura y la nota simple del registro de la propiedad, no son ellos para distinguir entre tipos de protección, que además que yo sepa solamente hay uno.
Te adjunto legislación al respecto:
Real Decreto-Ley 31/1978 de 31 de octubre, sobre política de viviendas de protección oficial, por el que se dispone, en su artículo primero, “una única categoría de viviendas de protección oficial, que será aquellas que, dedicadas a domicilio habitual y permanente, tengan una superficie útil máxima de noventa metros cuadrados y cumplan las condiciones especialmente respecto a precios y calidad, que señalen las normas de desarrollo del presente Real Decreto-Ley y sean calificadas como tales. El régimen legal relativo al uso, conservación y aprovechamiento de estas viviendas durará treinta años, a partir de su calificación”.Real Decreto 727/1993 de 14 de mayo, sobre precio de las viviendas de protección oficial de promoción privada, en la que establece en su artículo 2 “El precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil en segunda y posteriores transmisiones de las viviendas de protección oficial de promoción privada acogidas al Real Decreto-ley 31/1978, de 31 de octubre, será el máximo que corresponda a las viviendas de protección oficial que se califiquen en el año en que tenga lugar el contrato de compraventa, en la correspondiente área geográfica”.
Un saludo.
-
-
5 febrero, 2014 a las 10:14 #501
GregorioBuenos días,
Recientemente hemos comprado un piso en Badajoz, por un importe de 63000€. A la hora de pagar la hipoteca nos la tasaron en 75000€. El valor catastral es de 54057€. Y su valor máximo legal de venta, ya que es de protección media, 169827€. El valor mínimo a efectos de ITP según el calculador de la Junta es 127034€.
En este momento estamos en proceso de liquidar los impuestos correspondientes, y no nos terminan de aclarar, sobre que cantidad calcularlos, y con que porcentaje.
A pesar de tener valor máximo legal de venta, según nos dicen, la Junta de Extremadura no considera que es protección oficial, por lo que no se podría aplicar el 4%, y deberíamos usar el 7% con el beneficio del 20% ya que cumplimos los requisitos de ser menos de 122000€.
Agradeceríamos algún consejo sobre que cantidad pagar y que hacer para evitar en la medida de lo posible un futura complementaria.
Un saludo y muchas gracias
-
5 febrero, 2014 a las 21:33 #504
Hola Gregorio.
Te adjunto enlace de la web de tu comunidad:
http://portaltributario.juntaextremadura.es/PortalTributario/web/guest/transmisiones-patrimoniales-onerosasDice CLARAMENTE que se aplica el 4% «En las transmisiones de viviendas calificadas de Protección Oficial con precio máximo legal, siempre que las mismas constituyan o vayan a constituir la vivienda habitual del adquirente».
Cuidado con lo que te dice la Junta, barren para casa y no suelen aconsejar bien.
Te recomiendo que en caso de dudas liquides por el 4% porque si lo haces por más y luego te das cuenta de que tendría que haber sido el 4% lo tendrás difícil para que te lo devuelvan.
Espero haberte ayudado.
-
Esta respuesta fue modificada hace 12 años, 9 meses por
Cristina Duart.
-
Esta respuesta fue modificada hace 12 años, 9 meses por
-
AutorPublicaciones
Debes estar registrado para responder a este debate.