Liquidación 57.1.g) LGT Murcia

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Este debate contiene 1 respuesta, tiene 2 mensajes y lo actualizó  Cristina Duart hace 7 años, 11 meses.

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  • #6437

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenas tardes.

    Cómo que te han cogido el valor de subasta?. Desde luego que esto es el CUM LAUDE de la USURA.

    El VALOR PARA QUE SIRVA DE TIPO EN LAS SUBASTAS, es el VALOR DE TASACIÓN más el valor de la llamada RESPONSABILIDAD HIPOTECARIA, que es la suma de:

    – El valor correspondiente a los intereses remuneratorios: (aprox. 10% sobre tasación bancaria).

    – El importe correspondiente a los intereses moratorios: (aprox.18% sobre tasación bancaria).

    – El importe correspondiente a las costas y gastos: (aprox. 30% sobre tasación bancaria).

    Que evidentemente no forman parte del valor de la vivienda.

    Hay que hacer primero recurso de reposición, al menos yo te lo aconsejo, pues si no lo haces pierdes la oportunidad de que te lo estimen.

    Un saludo.

  • #6435

    lolam
    Participante

    Buenas tardes Cristina. En nuestro caso, la vivienda se ha adquirido por un valor de 150.000 €, la tasación hipotecaria era de unos 180.000 y el valor de subasta de 211.000 €. La Administración nos reclama en base al valor de subasta y no ha incluido la escritura, ni la tasación en la liquidación remitida. Realizamos alegaciones señalando que el valor real de la vivienda es de 150.000 y «falta de motivación de la valoración realizada.La valoración efectuada por el órgano al que me dirijo carece de motivación, lo que sitúa a esta parte en una situación de indefensión como contribuyente».
    ¿En este caso podríamos alegar incumplimiento de lo establecido en el 57.1.g)? La propia Administración reconoce en su liquidación que existe el valor de tasación de 180.000 €, pero aún así aplica el de subasta.
    ¿Las alegaciones serían suficientes, o deberíamos recurrir primero en reposición para ampliarlas en lugar de acudir directamente al TEAR?
    Gracias y un saludo.

    • Este debate fue modificado hace 7 años, 11 meses por  lolam.

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