Buenos días Cristina.
Hemos recibido una liquidación complementaria por un expediente de domino sobre una parcela en la Comunidad de Madrid que en 2016 liquidamos el impuesto como exento. Se trataba de una parcela que compró mi padre hace más de 40 años en ganaciales, pasó en herencia a mi madre hace 20 años, pero en todo ese tiempo no se pudo escriturar porque el vendedor había desaparecido. Mi madre falleció hace 8 años y en el registro nos rechazaron la inscripción, que por fin realizamos a principios de 2016 con expediente de dominio. Dicha parcela cosnta en los impuestos de sucesion de las dos herencias.
Cuando en 2016 fuimos a liquidar el modelo 600 del ITP la propia funciaonario lo rellenó y puso que estaba prescrito. Pero ahora nos llega la complementaria, ¿Que debemos hacer? ¿Cada hermano tenemos 10 días para alegar porque no han llegado todavia las notificaciones a todos? ¿alega o recurre cada uno o todos juntos? La titular del impuesto y del expediente de dominio es mi madre fallecida 6 años antes y se nos envia a nosotros porque somos sus herederos
Muchas gracias y un saludo.