Liquidaciones erróneas

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Este debate contiene 1 respuesta, tiene 2 mensajes y lo actualizó  Cristina Duart hace 4 años, 4 meses.

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  • #7142

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenas tardes.

    No mires la tasación.

    Es cierto que si el valor del terreno más el valor de la construcción no llega a los 130mil sí te puedes acoger al tipo reducido.

    Pero ojo, el valor de la construcción, bajo mi punto de vista, se mira en la escritura de declaración de obra nueva, y ese valor además no es susceptible de comprobación de valores. Solo podrían comprobarte el valor del terreno.

    Por tanto necesitaría más datos para poderte aconsejar mejor.

    Te mando un email.

    Un saludo.

  • #7135

    jusgarflo
    Participante

    Buenos días:
    Tras la compra de un solar destinado a la construcción de una nueva vivienda habitual, la liquidación que me imponen en la notaría es del 8%. Según otra notaria, aunque dice no estar segura, dice que puedo alegar, a posteriori con la documentación oportuna, que el solar debe tener el tipo reducido de la Junta de A. del 3,5% al ser menor de 35 años. ¿Tenéis conocimiento de si es esto cierto? La verdad es que el NO ya lo tengo.
    Por otra parte, la compra del solar y la construcción no debe sobrepasar los 130.000. El solar fueron 27.000 y el proyecto del arquitecto 70.000, por tanto no llega a esos 130000. Pero, si se mira la tasación del banco, en lugar de tasarnos la obra en 70000 como el arquitecto, no la tasó en bastante más valor y sí nos colaríaoms de esos 130 mil.

    Un saludo y espero vuestro comentario al respecto.

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