Etiquetado: complementaria, Valencia, valor catastral
Este debate contiene 3 respuestas, tiene 2 mensajes y lo actualizó capi666 hace 11 años, 4 meses.
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24 junio, 2015 a las 17:33 #3030
Hola,
¿Me puedes indicar a que te refieres con el coeficiente multiplicador? Según he visto, en Valencia es del 2,85; ¿quieres decir que no me van a reclamar la diferencia sino el 2,85*diferencia?
Gracias y un saludo,
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24 junio, 2015 a las 16:58 #3026
Buenas tardes.
Para evitar la sanción tributaria por liquidar por debajo del valor catastral y dado que no hay mucha diferencia yo liquidaría por el valor catastral. Pero has de mirar el coeficiente multiplicador que hay en tu municipio para saber que cantidad te reclamarán.
Un saludo.
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24 junio, 2015 a las 20:06 #3031
Hola Cristina,
En caso de poner el valor de la escritura (que para mi es el valor real) y siendo este inferior al valor que le asigna la Generalitat; en caso de recibir la paralela, ¿es el tipo impositivo por la diferencia o viene con intereses más sanción?
Un saludo,
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24 junio, 2015 a las 13:15 #3022
Hola a todos, Cristina,
Entre esta semana y la que viene, voy a pagar en Valencia el famoso modelo 600; con un valor del inmueble de 145.000€ (tal como se indica en la escritura) y un valor catastral de unos 168.000€.
Es decir, hay una diferencia de unos 23.000€, cuyo importe sería 2.300€ (10%); ¿me recomiendas poner el valor de la escritura y esperar a ver que pasa? ¿por esos 23.000€ de diferencia también me puede llegar la complementaria? ¿que puedo alegar en caso de recibir la complementaria?
Gracias y Un saludo,
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