Buenos días:
Acabo de pagar el ITP por compra de una vivienda de segunda mano y ahora me surge la duda de si tengo que pagar AJD (Castilla la Mancha). No he hecho hipoteca y todos hablamos del ITP pero poco se dice del AJD. Tengo información contradictoria entre la Ley estatal (cuota por hoja de Escritura) y la ley de CLM (tipo de gravamen).
Sobre todo me plantea duda que en la Escritura se declaró el valor de venta y en el ITP declaré el valor que daba la JCCM para no tener problemas.
¿Me puedes decir si tengo que pagar AJD y si debería hacer complementaria por la diferencia de valor?
En fin, te pido que me arrojes un poco de luz porque pensaba que ya estaba en paz con Hacienda y me ha dado un vuelco el corazón.
Gracias por anticipado