Plazos para reclamación ante el TEAC

Inicio › Foros › Consultas › Plazos para reclamación ante el TEAC

Este debate contiene 1 respuesta, tiene 2 mensajes y lo actualizó  Cristina Duart hace 12 años, 9 meses.

  • Autor
    Publicaciones
  • #431

    Kupongo

    OK, muchísimas gracias por todo.

  • #427

    Cristina Duart
    Super administrador

    Pasado el plazo puedes iniciar el siguiente paso si quieres, pero no te obliga, pues puedes esperar a la respuesta de la Administración.

    La cantidad reclamada sigue en suspenso.

    Puedes estar tranquilo.

    Un saludo.

  • #426

    Kupongo

    OK, para quedarme tranquilo. Si en la contestación del recurso de reposición tardan más que los 2 meses en total que dispongo desde que lo interpuse (1 mes para que contesten, 1 mes desde el silencio administrativo), lo puedo interponer cuando tenga la contestación. Y si tardasen muchos meses la deuda sigue suspendida, hasta que haya contestación? Es que en la Ley General Tributaria no pone nada concreto al respecto. En Hacienda me han dicho lo mismo que tú. Entonces me puedo quedar tranquilo de que la deuda está parada, hasta contestación no?

    Muchas gracias

  • #423

    Cristina Duart
    Super administrador

    Hola Manuel.

    Tienen obligación de contestar al recurso de reposición, así que lo harán con toda seguridad.

    Puedes esperar a recibir la resolución, yo lo haría, precisamente por si te rebajan.

    Un saludo.

  • #422

    Kupongo

    Hola soy, Manuel. Anteriormente te hice unas cuantas consultas sobre una liquidación complementaria del impuesto de transmisiones en Baleares. Hice alegaciones, y me contestaron aceptando una parte de ellas. Sobre la resolución de la liquidación interpuse un recurso de reposición el 09/12/2013 por encontrar en el cálculo de la nueva liquidación errores aritméticos. El plazo de contestación del recurso es de un mes.
    La consulta que tengo es que ahora ha pasado ya un mes desde que registré el recurso. Si pasa un mes, pasa ha haber silencio administrativo negativo. Por lo que me han comentado en la Agencia Tributaria Balear ellos siempre contestan. Y que ahora, únicamente, se están retrasando un poco. Yo quiero interponer recurso ante el TEAC, pero me gustaría presentarlo sobre la contestación al recurso de reposición ya que si me estiman parte de mis pretensiones la deuda bajaría, con lo que si finalmente el TEAC no me diese la razón la deuda a pagar sería más pequeña.
    Mi duda es si puedo esperar indefinidamente a la contestación del recurso de reposición para interponer la reclamación ante el TEAC. O no puedo dejar que pase la fecha de 09/02/14 que es cuando finaliza el mes desde la fecha límite de contestación del recurso.

    Gracias

Debes estar registrado para responder a este debate.