Buenas tardes,
Gracias a este foro y a todo lo que tan amablemente publica Cristina, fui capaz de conseguir que la liquidación complementaria que me llegó fuera dejada sin efectos a través de un recurso de reposición que fue estimado por parte de la oficina liquidadora de Arganda del Rey.
Hoy, uno de mis compañeros recibió una liquidación complementaria por casi 1.000€, la liquidación es incorrecta, ya que se giró sólo a nombre de él y no también a su mujer pese a haber comprado la casa a partes iguales. Le estoy apoyando con las alegaciones (que fueron desestimados en tres días por la oficina liquidadora) y ahora estamos con el recurso, pero me preocupa lo siguiente. En caso de conseguir la nulidad ante el TEAR, por el tema de no estar a partes iguales, ¿es posible que la oficina liquidadora giré una nueva liquidación, mayor que la anterior, atendiendo a otros criterios? Entiendo que por principio de prohibición de reformatio in peius no debería, pero claro, como está sería una nueva liqudacíon, ¿aplica también dicho principio? Muchas gracias
Por cierto, también es en Madrid y aplicaron la tasación bancaria. Mis recursos se basan en el valor publicado por la propia administración.