Etiquetado: ITP ANDALUCIA PRESCRITO
Este debate contiene 3 respuestas, tiene 2 mensajes y lo actualizó Cristina Duart hace 10 años, 3 meses.
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19 julio, 2016 a las 10:03 #4207
Disculpa que te escribí nerviosa y no puse bien las fechas. La firma ante notario de la compra fue el 15 de junio de 2011. Entiendo que prescribe el 15-7-15.
Recibo requerimiento en marzo de 2016 y alego prescripción. Me dicen que al tener un año para irme a vivir allí, ellos entienden que la prescripción empieza a computar desde el año… Tienes algo de jurisprudencia en ese respecto? Muchas gracias!!-
31 julio, 2016 a las 20:30 #4233
Buenas tardes.
No me consta, habría que buscarla.
De todas formas tienen ellos que justificar lo que te están diciendo, en base a normativa. Donde está escrito que empiece a contar un año después?
Un saludo.
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18 julio, 2016 a las 18:24 #4200
Buenas tardes.
Disculpa el retraso.
Prescribe a los cuatro años, en tu caso en junio de 2019.
Puedes atacar tú por otras vías.
Un saludo.
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12 julio, 2016 a las 10:14 #4182
Cristina buenos días, compré una vivienda ante notario en junio 2015 y presenté el ITP acogiéndome a la reducción del 3.5%. En marzo de 2016 recibo requerimiento para demostrar que efectivamente ha sido mi vivienda habitual. Al no poder demostrarlo he alegado prescripción, desde el 15-07-2015. Me contestan diciendo que no está prescrito porque al tener un plazo de un año para irme a vivir, la prescripción computa desde el año, por lo que según ellos prescribirá el 15/07/2016.. No estoy para nada de acuerdo, me aconsejas ir a reposición o al TEARA directamente? tienes jurisprudencia para las alegaciones? Gracias por ayudar a tanta gente. Un saludo
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