Etiquetado: liquidación
Este debate contiene 2 respuestas, tiene 2 mensajes y lo actualizó Cristina Duart hace 7 años.
-
AutorPublicaciones
-
14 octubre, 2019 a las 09:28 #7131
SE ME HA OLVIDADO DECIR QUE LA PROPUESTA ESTA HECHA EN CANTABRIA
-
15 octubre, 2019 a las 19:03 #7134
Buenas tardes Sagra.
Ya te contesté por email, pero para que no quede la consulta sin contestar:
Sí eso es, falta de motivación por no explicar cómo ha sido obtenido el coeficiente 1.57 y también el valor catastral. Falta de visita. La sentencia muy importante.
Pero además vas a tener que hacer un esfuerzo y mirar si puedes alegar algo acerca del estado de conservación y de la superficie, es decir, datos que puedan no haberse tenido en cuenta en el valor catastral.
Yo de momento no diría nada de la tasación a efectos hipotecarios. Si la entregas te la cogerán y ese método es más difícil de ganar. Aunque te salga a pagar unos 400 euros es mejor no pagarles nada.
Un saludo.
-
-
14 octubre, 2019 a las 09:27 #7130
Buenos días he estado viendo tu foro y me parece muy interesante.por eso me gustaria que me ayudaras,me ha llegado una propuesta de liquidacion por comprobación de valores de una casa que compramos mi marido y yo el 7de diciembre de 2017.Me han aplicado la valoración con coeficientes multiplicadores.Te envio la notificación ,que por cierto se la han hecho a mi marido por el 100%.
Mi pregunta es, voy a alegar:
1º falta de motivación
2º la sentencia del tribunal supremo que anula la aplicación de coeficientes correctores.
Luego si no me estiman las alegaciones ,puedo ir a recurso de reposicion o al TEAR no?
Por otra parte tengo una valoracion de TINSA ,que me hizo para la hipoteca, y me lo valoraba en 85000 €,seria conveniente nombralo en las alegaciones o incluso decir que aceptariamos esa valoración’.
Eso es todo muchas gracias.
-
AutorPublicaciones
Debes estar registrado para responder a este debate.