Etiquetado: contradictoria, pericial, tasación, TPC
Este debate contiene 2 respuestas, tiene 2 mensajes y lo actualizó Mss hace 9 años, 8 meses.
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20 febrero, 2017 a las 10:49 #4762
Gracias Cristina por tu respuesta y la gran ayuda que nos prestas en estos asuntos. Me pregunto si la respuesta que me has dado sigue sirviendo en mi caso porque la estimación de la reclamación ante el TEAR no afecta a la comprobación de valores (emplearon el metodo del catastro, fical creo que es) que corroboraron sino a los tipos de gravamen aplicados. Como consecuencia de la comprobación de valores en la liquidación complementaria me aplicaron el tipo incrementado del ITP para la vivienda y el garage adquiridos conjuntamente y el Tribunal ha considerado que procede la aplicación del tipo reducido a la vivienda porque cumple todos los requisitos exigidos, por lo que anula la liquidación practicada solo en lo atinente al tipo de gravamen aplicado a la vivienda. Es en Andalucía por si necesitas la aclaración.
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11 febrero, 2017 a las 13:01 #4699
Buenos días.
Si el TEAR te ha estimado parcialmente significa que tienen que anularte la liquidación (tienen que devolverte el dinero que has pagado) y te emitirán una liquidación nueva subsanando los defectos por lo que el TEAR ha estimado parcialmente. En este momento se inicia todo el procedimiento de nuevo, por lo que ahora reserva el derecho a la tpc desde el principio.
Un saludo.
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10 febrero, 2017 a las 22:41 #4697
Tras comprobación de valores presente recurso de reposición sin hacer reserva de tpc.Después tras su desestimación presente reclamación economica-administrativa y si que hice la reserva de la tpc. Ya tengo resolución del tear y no se si podre hacer ahora la tpc. La deuda no fue suspendida y prácticamente fue saldada.Podre hacerca ahora dado que el tear solo estimo mi recurso parcialmente??
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