SILENCIO ADMINISTRATIVO?

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Este debate contiene 1 respuesta, tiene 2 mensajes y lo actualizó  Cristina Duart hace 10 años, 1 mes.

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  • #4392

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenas tardes.

    Siento comunicarte que tienen CUATRO AÑOS. No es que tengan cuatro años, es que a los cuatro años prescribe. Plazo tienen seis meses para contestarte, pero como no pasa nada mientras no pasen cuatro años van a su ritmo.

    Un pco de paciencia.

    Un saludo.

  • #4380

    PATRICIA
    Participante

    Buenos días,
    Mi consulta es la siguiente:
    En Marzo de 2015 compré una parcela en Toledo y en Mayo me llegó una carta de la Agencia Tributaria por comprobación de valores reclamando 2.700 € más.
    Seguimos los siguientes pasos:
    -Mayo-15: presentamos alegaciones (que nos contestaron desestimando y con la carta de liquidación provisional)
    -Junio-15: presentamos recurso de reposición (que nos desestimaron y suspenden la ejecución por reservarnos el derecho a promover la tasación pericial contradictoria)
    -10-septiembre-15: presentamos reclamación económico-administrativa ante el TEAR.
    Tengo entendido que tienen 1 año para contestar. VA A HACER UN AÑO Y AÚN NO HEMOS RECIBIDO RESPUESTA.
    Llegados a este punto estamos ya un poco perdidos. Al pasar 1 año sin obtener respuesta se considera silencio administrativo y damos por hecho que nos lo han desestimado? No sabemos que hacer ahora, si esperar a que el TEAR conteste, si ir a contencioso administrativo aunque no nos hayan contestado…

    Gracias.

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