Tasación hipotecaria como alegación

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Este debate contiene 1 respuesta, tiene 2 mensajes y lo actualizó  Cristina Duart hace 11 años.

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  • #3375

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenos días.

    No hay muchos casos en que la tasación bancaria está por debajo del valor de compraventa, por lo que sí te aconsejo presentarla, más que nada como una justificación del verdadero valor real. No te preocupes de la caducidad de la tasación, ten en cuenta que el inmueble se valora en fecha de compra, no ahora.

    Un saludo.

  • #3374

    Anónimo

    Hola Cristina, ante todo gracias por tu ayuda.
    Paso a contarte mi caso para que me dés tu consejo.
    A finales de julio hice una compra de un apartamento y una plaza de garaje con trastero por un importe total de 130.000 € en Fuengirola (Malaga), pagando en la autoliquidación 10.400 € por el impuesto de transmisiones patrimoniales (8% del valor de la compra).
    El viernes día 16 de octubre me llegó una liquidación complementaria por importe de 1941,65 €, pues estiman que el valor del bien se obtendrá multiplicando el valor catastral de la fecha de compra (125043,26-apartamento y 11479,40-garaje) por un coeficiente multiplicador que tiene en cuenta la evolución del mercado inmobiliario y que para Fuengirola es del 1,13%, obteniendo una base de liquidación de 154.270,60 €
    El caso es que para realizar la compra he pedido un préstamo hipotecario y para la concesión del mismo fue necesaria una tasación. La valoración la realizó Krata s.a. en fecha 16.07.2015 y caduca el 16.01.2016, certificando que el valor total del inmueble es de 117.291,12 € (105.218,17-apartamento / 9333,12-garaje / 2739,83-trastero).
    Tengo un plazo de 10 días para presentar las alegaciones, documentos y justificantes que estime convenientes. Por todo lo expuesto considero que no debo de aceptar su propuesta de liquidación, pero quiero saber tu opinión y si puedo utilizar dicha tasación como justificante, puesto que me indican que lo que he recibido en un mero trámite contra el que no cabe recurso alguno, ni tasación pericial contradictoria. También si el hecho de no aceptarla me puede ocasionar intereses de mora.
    Muchas gracias y un saludo.

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