Respuestas de foro creadas
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Esto lo había interpretado mal, pero hoy mismo me ha llegado una providencia de apremio del OPAEF que puso en marcha la oficina liquidadora en la misma fecha que desestimaron las alegaciones iniciales. Me viene con recargo y costas y según ellos es la tercera notificación sin que yo sepa de las anteriores. Han prescindido de cualquier formalidad.
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Añado que no han contestado a mi petición de Suspensión.
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Hola. No lo había pensado. Es una opción. La otra pasa por comprar el modelo en estanco y rellenarlo a boli… ¿Has leído el Decreto Legislativo? Me gustaría conocer tu opinión, y pretendo en una de mis futuras alegaciones contrastarlo con la Sentencia de Junio y el allanamiento del Letrado de la Junta (y por ende asimilarlo en mi escrito con toda modestia, disimulo y respeto a algún tipo «penal» («prevaricación o similar»)). Gracias, Jaime.
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El tema es que creo que están intentando imponer que paguemos por coeficientes. Me explico. En Junio en contraposición a la Sentencia del Supremo por las viviendas de Seseña, La Junta de Andalucía sacó un Decreto Legislativo 1/2018 para ¿¿inducir/obligar?? a que paguemos por el método de valor y coeficiente catastral. El Modelo no se descarga y todo me hace pensar que cuando lo rellene metiendo todos los datos va a calcular lo que ellos quieren. No lo puedo probar porque no tengo todos los datos necesarios. La impresión en «blanco» no he conseguido que quede decente para una presentación oficial. Cuando pruebe si constato que no me permite pagar el 8% de lo que ha costado el inmueble, he pensado en obtener el modelo 600 en estanco y rellenarlo a mano.
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Yo lo interpreto en los artículos 50 y 51. Además de varios interfases de la Junta que inducen a éllo.
http://agenciatributariadeandalucia.chap.junta-andalucia.es/ov/marcos/consulta_valoracionUrbana.htm?prov=41&mun=Alcala_de_GuadairaEn este enlace establece la regulación y menciona el Decreto Legislativo:
https://www.ceh.junta-andalucia.es/haciendayadministracionpublica/tributos/impuestos/cedidos/transmisiones.htm#regulacion«En uso de la capacidad normativa que la Comunidad Autónoma de Andalucía tiene sobre el mencionado impuesto, se han dictado una serie de artículos que actualmente se encuentran compilados en los artículos 34 a 42 del Decreto Legislativo 1/2018, de 19 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos.»
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Hola Cristina. He estado rellenando el Modelo 600, y aunque hay que poner en un cuadro el Valor Catastral (y un porcentaje de transmisión), y también existe un sitio donde obtener la valoración que te lleva a una interfaz para calcularlo como ellos quieren, no nos obliga en el modelo 600. Es cierto que lo he validado con errores para que no pasara a fin (por lo que aún no estoy del todo seguro…), pero se refleja la cantidad que yo valoro que es la que he pagado. Se queda en intentar inducirnos pero no obliga. Eso sí, no dejan de salir mensajes amenazantes de que si se introducen datos inexactos te «cascan» 150 euros de multa. Vergonzoso. Gracias. Te tendré al tanto. Saludos, Jaime.
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