Inicio › Foros › Consultas › ¿ es sancionable poner un valor inferior al catastral aunque liquide por catastr
Este debate contiene 6 respuestas, tiene 3 mensajes y lo actualizó Cristina Duart hace 8 años, 5 meses.
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16 mayo, 2018 a las 13:31 #6128
Entiendo que si liquidas por el valor catastral no es aplicable la sanción, aunque escritures por debajo de ese valor, según la regla del impuesto del patrimonio
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20 mayo, 2018 a las 20:15 #6133
Buenas tardes.
Correcto.
Un saludo.
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4 mayo, 2018 a las 11:53 #6102
Hola puedo decirte que en mi caso concreto me han sancionado precisamente por eso, o sea por liquidar por un valor inferior al catastral, y eso que sigo peleando el expediente del que viene ya que comprobé, alegué y demostré que el valor catastral aplicado era erróneo
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20 mayo, 2018 a las 20:16 #6134
Buenas tardes.
Pues es de suponer que la sanción también la ganarás.
Un saludo.
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20 febrero, 2018 a las 23:33 #6049
Gracias Cristina por tu respuesta, pero sigo con la duda. ¿ entiendes que seria aplicable la sancion si yo liquido por el valor catastral ( el 8% de los 36.120€), pero el precio que pongo en escritura de compra es de 25.000€?
Muchas gracias -
18 febrero, 2018 a las 20:47 #6037
Buenas tardes.
Esa sanción está contemplada en la Ley: http://www.liquidacionescomplementarias.es/sancion-por-liquidar-por-debajo-del-valor-catastral/
Pero solamente la veo aplicar en la Junta de Andalucía. Y ya te adelanto que todos los casos que he visto de liquidar por debajo del valor catastral en tu Comunidad Autónoma aplican la sanción.
Un saludo.
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9 febrero, 2018 a las 15:02 #6032
Hola Cristina. Voy a comprar una vivienda vieja por 25.000€ en una localidad de Sevilla. El valor catastral es de 36.120 y el fiscal de 61.765 porque el coeficiente es 1,71. El 8% de impuestos serian 4.941. En la escritura voy a poner el valor real de compra de 25.000, porque es lo que realmente pago al vendedor. Si yo liquido pagando el impuesto por el valor catastral ( 36.120 x 8= 2.889,60), se que me vendra la complementaria reclamandome el resto hasta los 4.941, es decir, 2.051,40 mas intereses, pero mi duda es: ¿me sancionaran con el 50% de esa cantidad ( 1.025,70) por haber puesto 25.000 en escritura aunque yo liquide por el valor catastral?
Gracias por tu ayyda -
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