Etiquetado: Liquidacion complementaria
Este debate contiene 1 respuesta, tiene 2 mensajes y lo actualizó Cristina Duart hace 10 años, 1 mes.
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19 septiembre, 2016 a las 19:06 #4390
Buenas tardes.
Disculpa el retraso.
Por mí NO PAGUES. Eso de los intereses es una tontería, juegan tanto a favor como en contra por ambas partes, y sinceramente, el dinero mejor en tu bolsillo.
Además los intereses no son tanto como la gente supone, ya que SOLAMENTE SE IMPUTAN LOS QUE NO EXCEDAN DEL PLAZO EN QUE LA ADMINISTRACIÓN TIENE PLAZO PARA CONTESTAR. Es decir, si el Tear tarda tres años en contestarte solamente te podrán imputar los intereses de demora, en caso de perder, de los seis meses que tienen de plazo.
Habiendo utilizado la tasación bancaria olvídate de alegar el mal estado de la vivienda, eso ya lo tuvo en cuenta el tasador del banco.
Lee esto por favor y si necesitas ayuda más concreta puedes enviarme email: http://www.liquidacionescomplementarias.es/tasacion-bancaria-art-57-1-g-lgt/
Un saludo.
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7 septiembre, 2016 a las 17:02 #4382
Buenas tardes Cristina, ante todo felicitarte por la gran labor que realizas en este foro.Hace unos dias nos ha llegado una parta del registro de la propiedad de Cerdanyola del valles, reclamandonos 5000 eu ya que estiman que la casa que compramos por 2600000 eu vale 307000eu segun su tasación.Despues de informarme en dicho registro me indican que puedo reclamar alegando las reformas que he tenido que hacer y demas cosas.Pero comentando con una amiga que trabaja en hacienda me indica que pague y que luego reclame, ya que asi no tendre que pagar intereses si inicialmente no pago y la reclamación se desestima.
Que me recomiendas que haga, es eso asi realmente? o realizo la reclamación sin pagar nada de inicio.
Gracias y un saludo. -
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