Este debate contiene 3 respuestas, tiene 2 mensajes y lo actualizó Cristina Duart hace 4 años, 10 meses.
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29 mayo, 2019 a las 20:21 #6769
AnónimoLa mía fue la de Pozuelo de Alarcón, gracias por todo, Cristina
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30 mayo, 2019 a las 11:44 #6773
Gracias!!!!
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29 mayo, 2019 a las 18:17 #6767
Buenas tardes.
Mi más sincera enhorabuena y muchas gracias por tus comentarios.
Alegando lo mismo que tú solo he visto una oficina liquidadora que haya aceptado las alegaciones, fue la de las Rozas de Madrid. Lo publiqué aquí: https://www.liquidacionescomplementarias.es/estimacion-alegaciones-madrid-metodo-de-tasacion-bancaria-y-art-134-1-lgt-2/
Me puedes decir por favor cual fue tu oficina liquidadora?
Muchas gracias y un saludo.
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29 mayo, 2019 a las 18:11 #6766
AnónimoBuenas tardes, escribo este mensaje para dar las gracias a Cristina y a su blog lo que empezó con un disgusto terrible (notificación de liquidación provisional de comprobación de valores en la Comunidad de Madrid) ha terminado con la estimación del recurso de reposición que presenté contra la propuesta de liquidación de una comprobación de valores basada en la tasación bancaria y una alegría enorme por ello. Siguiendo los artículos y respuestas a consultas de Cristina según los cuales la Administración no puede girar comprobación de valores si presentas liquidación de IAJD por valor igual o superior a los valores publicados por la administración me propuse encontrar la publicación de dichos valores. Lo adjunté a la solicitud del recurso con las alegaciones correspondientes y casi dos meses después hoy me ha llegado la notificación de la administración en la que reconocen que «Del resultado de la publicación de estos valores resulta CONFORME el valor declarado por el contribuyente (yo), lo que es suficiente para anular y dejar sin efecto la liquidación impugnada». Así es que muchas muchas gracias, Cristina por tus conocimientos y tu ayuda desinteresada
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