Respuestas de foro creadas
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Buenas,
Si he entendido bien las alegaciones que poner son:
– falta de motivación suficiente del método de comprobación (valor catastral y coeficiente multiplicador)
– falta de visita
– reservar el derecho de tasación pericial contradictoria
Lo que no tengo claro es la documentación que tengo que presentar en justificación de las mismas.
Muchas gracias por tu disponibilidad.
ps. te he enviado un correo con la carta que me han envíado. -
buenas,
si es cierto lo que Cristina pone en «valores catastrales 2014» : «Por ejemplo, si la última revisión catastral de tu municipio es del año 2008 (entrada en vigor) y si tu valor catastral del año 2013 es de 100.000 euros, el nuevo valor para 2014 es: 100.000 x 0,73 = 73.000.» (y no lo dudo que es cierto).
En un caso concreto de Benalmádena significaría que si el valor catastral del 2013 pone 100000, el del 2014 sería
100000 x 0,85 = 85000 y no lo que pone Hacienda
100000 x (1,1/0,85) = 129000
dividir o multiplicar el coef. de actualización hace una gran diferencia! -
buenas,
he recibido ayer la liquidación. compré en 2014 en Benalmádena.
el coeficiente mulitplicador para 2013 es de 1,1 pero para el 2014 «es el resultado de DIVIDIR el coeficiente 1,1 entre el coeficiente de actualización para el 2014» que es de 0,85.
1,1/0,85 = 1,29 en realidad han subido los valores catastrales de 2014!
me surge la duda: si el coef. de actualización es de 0,85 , eso significaría que debe ser el 85% del coef. en vigor (1,1 para 2013), entonces una bajada (1,1 x 0,85 = 0,935) pues entonces había que poner «multiplicar» y no «dividir»
gracias -
hola, he escrito estos 3 alegaciones. nada más.
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