Hola Cristina. Gracias por estar ahí. Mi caso:
Diciembre 2012: me tasan una vivienda en Valencia que quiero comprar, por 161.000.
Enero 2013: la compro por 115.000, y la tasación no la incluyo en escritura porque al final firmo una subrogación hipotecaria y el banco no la necesita.
Febrero 2015: liquidación provisional del ITPAJD donde me aplican la nueva ley de diciembre 2013 con caracter retroactivo (4 por valor catastral); me la valoran en 174.000. Presento escrito indicando que no deseo hacer alegaciones y pago el importe.
¿Puedo reclamar que me apliquen el valor de tasación?
¿Cómo?
¿Tendré posibilidades?
Un saludo.