drainer12

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  • en respuesta a: ¿Acabas de recibir una liquidación complementaria? #7480

    drainer12
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    Hola Cristina,

    El año pasado compre un piso en Castilla La Mancha por un valor inferior al propio valor del piso según diferentes métodos de comprobación, te expongo brevemente:
    • Valor de compra de piso: 130.000 euros
    • Valor de tasación del banco: 146.000euros
    • Valor catastral (2019): 111.000 euros
    o Por el coeficiente multiplicador (0,93 en 2019): 103.230 euros
    • Valor fiscal referencia en castilla la mancha es: 161.000 euros ( obtenido en la web: https://tributos.jccm.es/WebGreco/oficinaVirtual/valoracionPreciosMedios/GreJspValoracionBienesUrbanos.jsp)
    • Valor precios medio de mercado: según varios simuladores de bancos: unos 200.000 euros

    Llegado a este punto, es casi seguro que me llegue la carta de Hacienda, con lo cual me estoy empezando a preparar. Antes de seguir, los procedimientos de valoración permitidos en Castilla La Mancha son los siguientes (Según Orden de 17-2-2015, la Consejería de Hacienda de Castilla La Mancha):
    1. Precios medios en el mercado (57.1.c).
    2. Valor asignado para la tasación de fincas hipotecadas (57.1.g).
    3. Precio o valor declarado en otras transmisiones (57.1.h).
    4. Dictamen de peritos (57.1.e).

    Dicho todo esto voy con mis dudas:

    La primera es que seguramente hacienda me pida el ITP restante (9% en C-LM) por su valor fiscal 161.000, ¿en este caso podría alegar que el valor de tasación hipotecaria es 146.000 y deberían de aceptármelo entiendo?, al este ser uno de los medios declarados para la comprobación de valores (2).

    La segunda pregunta, es que, a pesar de aceptar este valor de tasación del banco, el piso comprado presenta bastantes deficiencias (ventanas antiguas, parquet desgastado, muebles y armarios muy antiguos, en general una vivienda antigua que necesita algunas reformas). Me he informado y las reformas realizadas puedes adjuntarlas con su factura en la complementaria, sin embargo, en un futuro cercano no tenemos planeado realizar ninguna. Por ello considero que el precio de compra es su valor real (sospechando que la tasación del banco esta inflada). ¿Se podría lograr rebajar este valor para hacienda con el envío de fotografías o algún documento?.

    Para finalizar, entendiendo que no se puede usar como método de valoración el valor catastral (103.000 euros), ¿Se podría pedir a hacienda el método de dictamen de peritos? Imagino que hacienda será la encargada de enviarte a un tasador, lo que desconozco es si obtiene una tasación mayor podría perjudicarme.
    Un saludo y muchas gracias Cristina.

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