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12 diciembre, 2014 a las 00:35 en respuesta a: ¿Acabas de recibir una liquidación complementaria? #2363
Buenas noches.
En primer lugar agradecerte muy sinceramente la ayuda que desinteresadamente nos das a todos a través de este blog.
Yo aún no he efectuado la compra, pero necesito ayuda previa para ver como debo enfocarla.
Se trata de una pequeña casa de 3 plantas en un pueblo de Sierra de Segura en Jaen, que requiere una reforma integral de la que sólo podrían salvarse los muros exteriores, todo lo demás hay que demolerlo y volverlo a construir. Sus propietarios la heredaron, y su título de propiedad es la escritura de adjudicación de la herencia, careciendo de inscripción en el Registro de la Propiedad.
Pero el problema sobre el que necesito ayuda no es este, sino el de todos. La casa me la venden por 21.000 €, pero en la escritura de herencia, que es de 2014, está valorada en 71.100 €, y su valor a a efectos de ITP según la Orden vigente de la Junta de Andalucía es 52.000 €. El valor catastral actual es 30.350 € (3.650 € suelo + 26.700 € construcción).
Preguntas:
1.- Si liquido el ITP sobre el precio de compra, ¿sería argumento suficiente para recurrir la liquidación complementaria que recibiría, el mal estado en que se encuentra la casa?
2.- En el caso anterior, ¿podría la Administración calcular la liquidación complementaria sobre el mayor valor que aparece en la escritura de herencia?
3.- ¿Puedo escriturar la compraventa en el precio acordado y liquidar el ITP conforme al valor mínimo establecido por la Junta de Andalucía?
4.- En el caso anterior, ¿podría recibir una liquidación complementaria por el mayor valor que figura en la escritura de herencia?
Por último, quisiera pedirte un modelo de recurso con la argumnetación que debería formular en caso de recibir una liquidación complementaria.
Gracias de antemano, y un muy cordial saludo. -
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