BUenas tardes, Cristina.
Gracias por tu ayuda. Me he leído el hilo completo y veo que cada Comunidad Autónoma es un mundo.
Te quería plantear un supuesto ( para Asturias ). En otros foros y por algún concocido que está pasando este trago, comentan que Tributas no hace complementarias cuando la diferencia del valor del piso base del impuesto es inferior al 10%. ¿Es cierto?.
Te pongo mi ejemplo : voy a comprar en Oviedo una vivienda que voy a escritura por 165000 euros. Si aplico el 1,38 al valor catastral de 2015 ( 142000 * 1,38 ), el valor fiscal es de 195960. El 10% de 195960 son 19596. ¿Si liquido en Tributas por 195960 – 19000 = 176960 euros, tengo posibilidades, al estar en esa horquilla del 10%, de no temer una complementaria?
Si liquido por el valor de escitura son 13200 de impuesto. Si liquido por el valor que Tributas dice, son 15676. Si liquido rebajando ese 10% aproximadamente del valor fiscal, liquidaría 14156.
Espero tu respuesta y que este ejemplo pueda servir de ayuda a tanto damnificado por esta injusticia.
Muchas gracias.