Buenos días.
Compre una casa junto con mi hermana en Castilla la Mancha y liquidamos el impuesto ITP, al tipo re4ducido del 5 % por ser menores de 36 años, ser nuestra primera vivienda habitual, el valor de la vivienda es inferior a 180.000 € y se financio con un credito hipotecario. Ahora recibimos una comunicación de propuesta de regularización y tramite de audiencia, donde se nos liquida el impuesto por el 9 % en lugar del 5 %, por: No puede aplicarse el tipo reducido del 5%, ya que el valor de la vivienda debe ser igual o superior al valor asignado en la tasación hipotecaria, según establece el artículo 19.6.b) de la Ley 8/2013, de 21 de noviembre de medidas tributarias de Castilla-La Mancha. ¿Que puedo hacer?
Muchas gracias.