ramoon

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  • en respuesta a: ¿Acabas de recibir una liquidación complementaria? #6952

    ramoon
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    Hola, Cristina
    A ver si nos puedes echar una mano.
    Compré varias fincas fincas de secano en marzo de 2017 que estaban en una comunidad de regantes la cual no tenia aun concedidos los derechos de agua solo la reserva de la misma.
    En la propia escritura de compra se hacia mención a este hecho diciendo que era una condicion resolutoria si al final no se obtenía tal derecho. Finalmente se obtuvo el agua y vendimos las fincas en agosto y noviembre del mismo año ya con agua en un precio logicamente superior (el de compra fue de 450.000 euros y el de venta 990.000 euros) y pues entre otras cosas todos los costos de facturas de la comunidad de regantes mas la obtencion de los papeles administrativos (como la obtencion de una Autoruzacion Ambiental Unificada) corrieron de nuestra cuenta

    Ahora la agencia tributaria andaluza nos hace una nueva liquidacion del impuesto de Actos Jurídicos documentados en base al art.158.4 del RD 1065/2007 en el cual se dice que «A efectos de lo dispuesto en el artículo 57.1.h) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el valor de los bienes transmitidos determinante de la obligación tributaria podrá ser comprobado por la Administración Tributaria atendiendo al precio o valor declarado correspondiente a otras transmisiones del mismo bien realizadas dentro del plazo de un año desde la fecha del devengo del impuesto en el que surta efecto, siempre que se mantengan sustancialmente las circunstancias de carácter físico, jurídico y económico determinantes de dicho valor»

    Pues bien nosotros sostenemos que la segunda transmisión se realiza con un cambio sustancial de las características económicas de la finca ya que las fincas se vendieron ya con agua mientras que se compraron solo con expectativas de agua lo cual no es aceptado por la administración.

    Podrias darnos algún norte sobre esta consideracion de cambio sustancial de las caracteristicas que se menciona en la ley

    Porque de haber pagado por una base de 450.000 la cantidad de 6.000 euros nos quieren hacer pagar por actos jurídicos documentados 21 mil sobre una base de un millon de euros mas intereses de demora.

    Muchas gracias por tu atención

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