Hola Cristina,
Me llamo Carlos y soy otro afectado por la liquidación complementaria en Ruidera Ciudad Real.
Yo compre a Bankia en el mes de Octubre del 2015.
Mi intención es alegar apoyándome en el art. 2 apartado 4.i de la Orden de 17/02/2015, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las normas para la aplicación de los medios de valoración de bienes inmuebles, que dice:
«Los precios medios en el mercado no serán de aplicación en los siguientes casos:
….
Cuando el transmitente o el adquirente sea una Administración pública, un organismo autónomo o cualquiera
de las entidades integrantes del sector público.»
y al estar intervenida Bankia por el Estado, considero que es una entidad integrante del sector publico y no aplican esta norma de precios medios de mercado.
¿Cómo lo ves? Agradecería tu opinión de experta
Gracias
Carlos