Respuestas de foro creadas
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Hola Cristina, te planteo mi caso. En septiembre de 2013 compré una PARCELA de unos 200 m2, en Málaga, por un importe de 33.000 €. Hice mi liquiación correspondiente de IAJD, y en diciembre de 2014 me llegó una liquidación complementaria, donde valoran la parcela en 211.000 €. Presenté alegaciones en plazo, destacando sobre todo el precio de mercado en la zona (que es similar al precio que compré) y mostrando mi disconformidad con el método utilizado para la valoración, pues para calcular la base toman el valor de REPERCUSIÓN, en lugar del valor del SUELO. Me están liquidando como si yo hubiera comprado una vivienda construida y no un suelo. Además, utilizan para la valoración la ponencia de valores aprobada en el año 2007, en pleno boom inmobiliario, con lo que los valores son muy muy superiores a la realidad de hoy día.
El pasado día 27/04 me respondieron a las alegaciones y me han bajado un poco la base, ahora me lo estiman en 165.000 €. TEngo pensado presentar recurso de reposición y aportar una tasación contradictoria.
Mi mayor perjuicio es que toman como criterio para valorar el valor de repercución en lugar del valor del suelo. No sé si existe alguna norma que regule cuándo deben utilizar un método u otro, o si pueden elegir el que más les interese, en este caso para mayor reacudación el de repercusión.Otro cosa, el valor de la parcela en el IBI es de 75.000 €, es otra de las cuestiones que les planteé, para que vieran que es irreal el precio que ellos proponen.
Muchas gracias.
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